Departamento de Cultura y Política Lingüística

Normativa

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CORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden de 21 de diciembre de 2011, del Consejero de Interior, por la que se modifica la Orden de estructura de la Ertzaintza.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Interior
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 5
  • Nº orden: 113
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 21/12/2011
  • Fecha de publicación: 09/01/2012

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa; Seguridad y justicia
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Interior

Texto legal

El artículo 18.2.b) Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertidos errores de dicha índole en el texto de la Orden de 21 de diciembre de 2011, del Consejero de Interior, por la que se modifica la Orden de estructura de la Ertzaintza, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 240, de 21 de diciembre de 2011, se procede a su corrección.

En la página 2011/6110 (2/2), entre el artículo segundo y el artículo tercero se añade un nuevo artículo (tercero) cuyo contenido sería el siguiente (procediéndose a renumerar los artículos siguientes de la citada Orden):

"Tienen como misión proporcionar seguridad, protección y auxilio a los ciudadanos en el ámbito de su demarcación territorial, planificando y desarrollando las actividades policiales ejerciendo funciones de prevención, mantenimiento y, en su caso, de restablecimiento del orden público y de la seguridad ciudadana, de vigilancia y control del tráfico y de la seguridad vial, de custodia y vigilancia de instituciones, bien sea de manera directa o prestando su apoyo a los servicios de seguridad privada encargados de la custodia, de transporte de detenidos, presos y penados entre los diversos centros penitenciarios de la Comunidad Autónoma Vasca y las funciones de investigación y análisis criminal que les correspondan en su ámbito territorial".

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