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Normativa

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ORDEN de 23 de febrero de 2005, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, sobre actualización de cuantías contenidas en la Ley 5/1990, de 15 de junio, de elecciones al Parlamento Vasco.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Hacienda y Administración Pública
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 39
  • Nº orden: 873
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 23/02/2005
  • Fecha de publicación: 25/02/2005

Ámbito temático

  • Materia: Economía y Hacienda; Seguridad y justicia; Organización administrativa
  • Submateria: Hacienda; Interior; Departamentos

Texto legal

La Disposición Adicional Cuarta de la Ley 5/1990, de 15 de junio, de elecciones al Parlamento Vasco, establece que las cuantías previstas en dicha Ley se refieren a pesetas constantes, correspondiendo al Departamento de Hacienda la actualización de las mismas en los siete días siguientes a la convocatoria de elecciones, de conformidad a la redacción dada por la Ley 15/1998, de 19 de junio.

Por su parte, y como situación particularizada, el apartado 3 del artículo 151 de la Ley 5/1990, de 15 de junio, de elecciones al Parlamento Vasco, de conformidad a la redacción dada por la Ley 15/1998, de 19 de junio, dispone que la subvención pública de gastos electorales será objeto de actualización en los siete días siguientes a la convocatoria de elecciones.

Dado que se ha procedido a la disolución del Parlamento Vasco y a la convocatoria de elecciones, procede dar cumplimiento a la prescripción legal contenida en los párrafos precedentes.

En virtud de lo expuesto,

  1. – La correspondiente a la letra a) del apartado 1: veintiún mil setecientos noventa coma setenta y cuatro euros (21.790,74 euros).

  2. – La correspondiente a la letra b) del apartado 1: cero coma setenta y tres euros (0,73 euros).

  3. – La correspondiente a la letra c) del apartado 1: treinta y seis mil trescientos diecisiete coma ochenta y nueve euros (36.317,89 euros).

  4. – La correspondiente a la letra a) del apartado 2: cero coma dieciocho euros (0,18 euros).

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 23 de febrero de 2005.

La Consejera de Hacienda y Administración Pública,

IDOIA ZENARRUTZABEITIA BELDARRAIN.

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