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Normativa

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ORDEN de 12 de Setiembre de 1984, del Departamento de Agricultura y Pesca, de delegación de funciones en materia de concesión de subvenciones.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Agricultura y Pesca
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 156
  • Nº orden: 1867
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 12/09/1984
  • Fecha de publicación: 25/09/1984

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa
  • Submateria: Departamentos; Gobierno y Administración Pública; Función pública

Texto legal

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DISPOSICION FINAL La Presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco Vitoria-Gasteiz a 30 de Julio de 1984 El Consejero de Política Territorial, Transportes y Turismo, CASTOR GARATE MUÑOZ. ILMO SR VICECONSEJERO DE MEDIO AMBIENTEEstando actualmente concentradas en el Consejero de Agricultura y Pesca las competencias del Departamento en materia de concesión de subvenciones, a tenor del artículo 2 a) del Decreto 147/1984, de 29 de Mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Departamento de Agricultura y Pesca, y precisándose para una mayor operatividad de dichas competencias su delegación en los respectivos Directores, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39,4 de la Ley de Gobierno de la Comunidad Autónoma, DISPONGO:Artículo 1.- Se delegan en cada Director del Departamento de Agricultura y Pesca, para las materias atribuídas a su Dirección por el artículo 8.2. del Reglamento Orgánico del Departamento, aprobado por Decreto 147/1984, de 29 de Mayo, las competencias correspondientes al Consejero del mismo en materia de concesión de subvenciones según el artículo 2.a) de dicho Reglamento Orgánico, hasta una cuantía de 1.000.000 de pesetas.Artículo 2.-Esta delegación se hace sin perjuicio de que por el Consejero se reclame el conocimiento y resolución de cualquiera de los actos delegados.Artículo 3.- La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Vitoria-Gasteiz, a doce de Setiembre de mil novecientos ochenta y cuatro. El Consejero de Agricultura y Pesca, FELIX ORMAZABAL ASCASIBAR.

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