Normativa
ImprimirCORRECCIÓN DE ERRORES del Decreto 96/2010, de 30 de marzo, de estructura de la Academia de Policía del País Vasco.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Decreto
- Órgano emisor: Interior; Academia Vasca de Policía y Emergencias
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 81
- Nº orden: 2303
- Nº disposición: 96
- Fecha de disposición: 30/03/2010
- Fecha de publicación: 04/05/2010
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa
- Submateria: Gobierno y Administración Pública; Departamentos
Texto legal
El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.
Advertidos errores de dicha índole en el texto del Decreto 96/2010, de 30 de marzo, de estructura de la Academia de Policía del País Vasco, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 70, de 16 de abril de 2010, se procede a su corrección:
En el artículo 11 donde dice:
Bajo la dependencia y supervisión de la Dirección Académica corresponde a la División de Estudios y Planificación el estudio, planificación, diseño, programación y desarrollo de la oferta formativa de la Academia, así como de los procesos selectivos que desarrolle, lo cual comprende las siguientes funciones:
Debe decir:
Bajo la dependencia y supervisión de la Dirección de la Academia corresponde a la División de Estudios y Planificación el estudio, planificación, diseño, programación y desarrollo de la oferta formativa de la Academia, así como de los procesos selectivos que desarrolle, lo cual comprende las siguientes funciones:
En el artículo 12 donde dice:
Bajo la dependencia y supervisión de la Dirección Académica corresponde a la División de Gestión Académica la gestión y coordinación administrativa de los distintos trámites que abarcan la vida académica del alumnado, lo cual comprende las siguientes funciones:
Debe decir:
Bajo la dependencia y supervisión de la Dirección de la Academia corresponde a la División de Gestión Académica la gestión y coordinación administrativa de los distintos trámites que abarcan la vida académica del alumnado, lo cual comprende las siguientes funciones:
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Historia normativa
- Corrección de errores: DECRETO 96/2010, de 30 de marzo, de estructura de la Academia de Policía del País Vasco.