Departamento de Cultura y Política Lingüística

Normativa

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DECRETO 231/2003, de 30 de septiembre, de modificación del Decreto por el que se establece la estructura orgánica y funcional de la Presidencia del Gobierno¿Lehendakaritza.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Presidencia del Gobierno
  • Estado vigencia: Derogado

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 200
  • Nº orden: 5503
  • Nº disposición: 231
  • Fecha de disposición: 30/09/2003
  • Fecha de publicación: 14/10/2003

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Departamentos

Texto legal

Mediante Decreto 27/2002, de 29 de enero (B.O.P.V. n.º 28, de 8 de febrero de 2002) se estableció la estructura orgánica y funcional de la Presidencia del Gobierno¿Lehendakaritza. La entrada en vigor del Tratado de Niza, que modifica la regulación del Comité de las Regiones de la Unión Europea, aconseja adecuar a las nuevas circunstancias los órganos de representación relacionados con la actividad de la Unión Europea.

Por lo expuesto y, en virtud de las facultades que me confiere el artículo 8 c) de la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 30 de septiembre de 2003,

"1. Para el ejercicio de las atribuciones que corresponden al Lehendakari en materia de Acción Exterior, estará asistido por un Comisionado o Comisionada para las Relaciones Exteriores, que a los efectos de la Ley 7/1981, de 30 de junio de Gobierno, tendrá el rango de Viceconsejero o Viceconsejera.

  1. El Comisionado o Comisionada para las Relaciones Exteriores ejercerá las funciones de apoyo a la Presidencia del Gobierno como representación institucional de la Comunidad Autónoma de Euskadi en el Comité de las Regiones, en el Congreso de los Poderes Locales y Regionales del Consejo de Europa y en otros órganos u organizaciones regionales."

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 30 de septiembre de 2003.

El Lehendakari,

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