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Normativa

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DECRETO 268/2002, de 5 de noviembre, de modificación del Decreto por el que se establece la estructura y funciones del Departamento de Hacienda y Administración Pública.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Hacienda y Administración Pública
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 219
  • Nº orden: 6523
  • Nº disposición: 268
  • Fecha de disposición: 05/11/2002
  • Fecha de publicación: 18/11/2002

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa
  • Submateria: Departamentos; Gobierno y Administración Pública

Texto legal

Mediante el Decreto 221/2001, de 16 de octubre, se estableció la estructura y funciones del Departamento de Hacienda y Administración Pública. En dicha disposición la competencia para la autorización del gasto se atribuye a la Consejera de Hacienda y Administración Pública, en los términos establecidos en el Decreto Legislativo 1/1994, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales vigentes sobre Régimen Presupuestario de Euskadi.

La propia Ley de Régimen Presupuestario de Euskadi establece en su artículo 113.2 la posibilidad de que los decretos que desarrollen la estructura orgánica de los Departamentos atribuyan a otros órganos del Departamento correspondiente las competencias que les corresponden a las personas titulares de los mismos, entre las que se contempla en el artículo 111.2.a) la autorización del gasto. En ejercicio de la referida habilitación legal y a la vista del importante volumen de actuaciones que desarrollan los distintos órganos del Departmento citado en cumplimiento de las funciones que tiene asignadas, se hace necesario atribuir la competencia para la autorización del gasto a otros órganos del Departamento de Hacienda y Administración Pública con el fin de facilitar el funcionamiento de la gestión administrativa.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, previa aprobación del Lehendakari y deliberación y aprobación de Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 5 de noviembre de 2002,

" c) Actuar como órgano de contratación en los expedientes de contratación derivados de las competencias atribuidas específicamente al Departamento de Hacienda y Administración Pública en el Capítulo V del decreto 136/1996, de 5 de junio, sobre régimen de la contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y en el artículo 6 del Decreto 35/1997, de 18 de febrero, por el que se regula la planificación, organización, distribución de funciones y modalidades de gestión en materia de sistemas de información y telecomunicaciones, así como autorizar el gasto derivado de los mismos que deba realizarse con cargo al presupuesto del Departamento de Hacienda y Administración Pública."

"n) Autorizar el gasto del Departamento, excepto en los supuestos en que dicha competencia venga atribuida a otro órgano de este Departamento en el presente Decreto."

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria–Gasteiz, a 5 de noviembre de 2002.

El Lehendakari,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

La Consejera de Hacienda y Administración Pública,

IDOIA ZENARRUTZABEITIA BELDARRAIN.

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