Departamento de Cultura y Política Lingüística

Normativa

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DECRETO 385/1995, de 27 de julio, de modificación del Decreto sobre creación de la Comisión Interdepartamental para la coordinación de la ejecución del Plan de Acción Positiva para las Mujeres en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Presidencia del Gobierno
  • Estado vigencia: Derogado

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 163
  • Nº orden: 3365
  • Nº disposición: 385
  • Fecha de disposición: 27/07/1995
  • Fecha de publicación: 28/08/1995

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa; Asuntos sociales y empleo
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Asuntos sociales

Texto legal

La entrada en vigor del Decreto 1/1995, de 3 de enero, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, hace necesaria la adecuación al mismo del Decreto 97/1993, de 6 de abril, sobre creación de la Comisión Interdepartamental para la coordinación de la ejecución del Plan de Acción Positiva para las Mujeres en la Comunidad Autónoma de Euskadi, cuyo artículo 2, relativo a la composición de la citada Comisión hace referencia a una serie de Departamentos del Gobierno Vasco que resultan modificados por el Decreto de referencia. El presente Decreto tiene por objeto dar nueva redacción al artículo 2 del mismo, a fin de adaptarlo a las modificaciones introducidas por el Decreto 1/1995, de 3 de enero, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, así como la adición para su incorporación a la Comisión de dos nuevos Departamentos, el de Transportes y Obras Públicas y el de Comercio, Consumo y Turismo, una vez cumplidas las exigencias fijadas en la Disposición Adicional Segunda del Decreto 97/1993, de 6 de abril. En su virtud, a propuesta de la Presidencia, y previa deliberación y aprobación por el Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 27 de julio de 1995 DISPONGO:Artículo único.Semodifica el artículo 2 del Decreto 97/1993, de 6 de abril, sobre creación de la Comisión Interdepartamental para la coordinación de la ejecución del Plan de Acción Positiva para las Mujeres en la Comunidad Autónoma de Euskadi queda redactado de la siguiente forma: «Artículo 2.- La Comisión Interdepartamental para la coordinación de la ejecución del Plan de Acción Positiva para las mujeres en la Comunidad Autónoma de Euskadi, estará integrada por los siguientes miembros: a) Presidente: El Lehendakari b) Vicepresidenta: La Directora del Instituto Vasco de la Mujer / Emakumearen Euskal Erakundea. c) Vocales: Una persona representante, con rango de Viceconsejero/a, designada por cada uno de los Departamentos que a continuación se indican: - Hacienda y Administración Pública - Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social - Interior - Industria, Agricultura y Pesca - Educación, Universidades e Investigación - Sanidad - Cultura - Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente - Transportes y Obras Públicas - Comercio, Consumo y Turismo Estos Departamentos designarán, a su vez, una persona sustituta que, de ser posible, deberá tener el mismo rango que la sustituida. d) Secretario/a: La persona titular de la Secretaría General del Instituto Vasco de la Mujer / Emakumearen Euskal Erakundea. En los supuestos de ausencia o enfermedad de ésta, realizará las funciones de Secretaría el/la vocal más joven».DISPOSICIÓN FINAL El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Dado en Vitoria-Gasteiz, a 27 de julio de 1995. El Lehendakari, JOSÉ ANTONIO ARDANZA GARRO.