Normativa
ImprimirDECRETO 156/1984, de 5 de Julio, por el que se regula la calificación de las infracciones de la Ley 1/1892, de 11 de Junio, sobre Cooperativas, y el procedimiento de imposición de sanciones. (Corrección de errores.)
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Decreto
- Órgano emisor: Trabajo
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 141
- Nº orden: 1651
- Nº disposición: 156
- Fecha de disposición: 05/07/1984
- Fecha de publicación: 28/08/1984
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa; Asuntos sociales y empleo; Economía y Hacienda
- Submateria: Gobierno y Administración Pública; Trabajo y empleo; Economía
Texto legal
Advertidos errores en la inserción del Decreto citado, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco, n.º 105, de 20 de Junio de 1984, a continuación se transcribe la oportuna rectificación. En la página 2.931, en el artículo 2.º, donde dice: «...los hechos constituidos de infracción...», debe decir: «...los hechos constitutivos de infracción...». En la página 2.931, en el artículo 4.º, donde dice: «h) Convocar al Consejo Rector...», debe decir: «... h) No convocar al Consejo Rector...». En la página 2.933, en el artículo 6.º, donde dice: «Liquidaciones», debe decir: «Liquidadores», y donde dice: «...de los sujetos mencionados en el aparato anterior...», debe decir: «...de los sujetos mencionados en el apartado anterior...». En la página 2.933, en el artículo 8.º, apartado tercero, donde dice: «...mediante acuerdo de Consejo de Gobierno», debe decir: «...mediante acuerdo del Consejo de Gobierno». En la página 2.934, en el artículo 15, donde dice: « Su tramitación se ajustará al procedimiento establecido para las actas de infracción», debe decir: « Las sanciones y la tramitación se ajustarán al procedimiento establecido para las actas de infracción». En la página 2.935, en el artículo 16, apartado cuarto, donde dice: «..., en la cuenta de ingresos de la Delegación Territorial», debe decir: «..., en la cuenta de depósitos de la Delegación Territorial». En la página 2.935, en el artículo 16, apartado sexto, donde dice: «...los Delegados Territoriales de Trabajo, se abstendrán de resolver,...», debe decir: «...los Delegados Territoriales de Trabajo, éstos se abstendrán de resolver,...».