Industria, Trantsizio Energetiko eta Jasangarritasun Saila

Dirección de Gestión Económica

ÁREAS / FUNCIONES

Artículo 8.– Dirección de Gestión Económica.

La Dirección de Gestión Económica es responsable de la administración económico-presupuestaria del Departamento de Seguridad. En este sentido, ejerce las siguientes funciones:

  1. elaborar y dirigir el anteproyecto de presupuesto del departamento, realizar su seguimiento, tramitar las modificaciones presupuestarias y evaluar los programas de gasto. también le corresponde la coordinación de los proyectos de presupuestos de los organismos autónomos, entes públicos de derecho privado y demás entidades del sector público adscrito al departamento y su consolidación con el mismo.
  2. supervisar, antes de su remisión a los órganos de control económico, todos los expedientes sujetos a fiscalización previa que requieran control económico interno, conforme a lo dispuesto en el decreto 464/1995, de 31 de octubre, por el que se regula el ejercicio del control económico interno y la contabilidad en el ámbito de la administración pública de la comunidad autónoma de euskadi.
  3. gestionar las funciones comunes relacionadas con materias propias de la hacienda general del país vasco que sean competencia del departamento, y que no estén asignadas a otro órgano.
  4. autorizar los gastos del departamento, excepto aquellos que sean competencia del consejo de gobierno.

Datos de contacto

Dirección

Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Álava
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La Dirección de Gestión Económica es responsable de la administración económico-presupuestaria del Departamento de Seguridad. En este sentido, ejerce las siguientes funciones:

  1. elaborar y dirigir el anteproyecto de presupuesto del departamento, realizar su seguimiento, tramitar las modificaciones presupuestarias y evaluar los programas de gasto. también le corresponde la coordinación de los proyectos de presupuestos de los organismos autónomos, entes públicos de derecho privado y demás entidades del sector público adscrito al departamento y su consolidación con el mismo.
  2. supervisar, antes de su remisión a los órganos de control económico, todos los expedientes sujetos a fiscalización previa que requieran control económico interno, conforme a lo dispuesto en el decreto 464/1995, de 31 de octubre, por el que se regula el ejercicio del control económico interno y la contabilidad en el ámbito de la administración pública de la comunidad autónoma de euskadi.
  3. gestionar las funciones comunes relacionadas con materias propias de la hacienda general del país vasco que sean competencia del departamento, y que no estén asignadas a otro órgano.
  4. autorizar los gastos del departamento, excepto aquellos que sean competencia del consejo de gobierno.

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