Normativa
ImprimirDECRETO 72/2018, de 15 de mayo, por el que se aprueba la parte normativa del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Valderejo, y se ordena la publicación íntegra del documento de directrices y medidas de gestión del espacio Red Natura 2000 ZEC/ZEPA Valderejo-Sobrón-Sierra de Árcena (ES2110024) y III Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Valderejo.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Decreto
- Órgano emisor: Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 98
- Nº orden: 2719
- Nº disposición: 72
- Fecha de disposición: 15/05/2018
- Fecha de publicación: 23/05/2018
Ámbito temático
- Materia: Medio natural y vivienda; Organización administrativa
- Submateria: Medio Ambiente; Gobierno y Administración Pública
Texto legal
...Ver texto íntegro[+]Valderejo-Sobrón-Sierra de Árcena es un espacio que ha sido reconocido por sus alto valor natural como Espacio Natural Protegido del texto refundido Ley de Conservación de la Naturaleza del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/2014, de 15 de abril (TRLCN, en adelante). En él se superponen dos tipologías: por un lado, está declarado Parque Natural mediante Decreto 4/1992, de 14 de enero; y, por el otro, también es Zona Especial de Conservación (ZEC) y Zona de Especial Conservación para las Aves (ZEPA) de la Red Natura 2000 conforme al Decreto 47/2016, de 15 de marzo.
En cuanto Parque Natural, el artículo 20 TRLCN exige que disponga de un Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN), aprobado por Decreto 3/1992, de 14 de enero, y que deberá acompañarse, según el artículo 27, de un Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) que contendrá las normas, directrices y criterios generales para gestionar el espacio natural a que se refiera, las normas para la ordenación de las actividades económicas y recreativas que se desarrollen dentro del espacio natural y las directrices para la elaboración de los programas que desarrollen los objetivos concretos del espacio.
Por su parte, la tipología de Red Natura 2000 conlleva que el ámbito cuente con las medidas de conservación necesarias, a cuyo fin el artículo 22.5 TRLCN ordena al Gobierno Vasco establecer las normas de conservación, lo cual tuvo lugar mediante el mencionado Decreto 47/2016, de 15 de marzo, y a los órganos forales para que aprueben las directrices de gestión del espacio.
Además, el artículo 18 TRLCN señala que en caso de solaparse en un mismo lugar distintas figuras de espacios protegidos, como ocurre en Valderejo, las normas reguladoras de los mismos así como los mecanismos de planificación deberán ser coordinados para unificarse en un único documento integrando la planificación del espacio, al objeto de que los diferentes regímenes aplicables en función de cada categoría conformen un todo coherente.
Para el cumplimiento de todo ello, este PRUG reúne la doble naturaleza de ser el instrumento previsto en el artículo 27 TRLCN para el Parque Natural de Valderejo, y de aprobar las directrices de gestión del espacio RN2000 del artículo 22.5 segundo párrafo TRLCN, todo ello en un único documento previsto en el artículo 18 TRLCN.
Su tramitación ha seguido los pasos marcados en el artículo 29 TRLCN, en la que ha de destacarse asimismo la coordinación que ha existido entre la Administración General del País Vasco y la Diputación Foral de Álava en su redacción e impulso. Así, el Órgano Foral Gestor del Espacio Protegido y en virtud de la Orden Foral 186/2016, de 22 de julio, inició el procedimiento para la aprobación del PRUG de Valderejo y que sirviese a ambos fines, tanto respecto al Parque Natural como a las directrices y actuaciones de gestión de la ZEC-ZEPA. El documento se sometió simultáneamente durante dos meses a trámite de audiencia a las administraciones afectadas, a las asociaciones representativas de los intereses sociales, económicos y ambientales y a información pública a las personas interesadas, además de solicitarse los informes preceptivos a los órganos colegiados. El Patronato del Parque Natural emitió su informe el día 15 de diciembre de 2016. Tras ello, el 7 de febrero de 2017, el Consejo de Gobierno de la Diputación Foral de Álava acordó la aprobación inicial dicho documento, y se remitió a los órganos competentes en materia urbanística de la Administración General de Euskadi y la Foral.
Tras todo ello, el Consejo de Gobierno de la Diputación Foral de Álava, en sesión celebrada el 7 de febrero de 2017, aprobó definitivamente el PRUG que establece, por un lado, las directrices, criterios y pautas generales para la gestión del parque conforme al artículo 29.e TRLCN, y por el otro, y de conformidad con el artículo 22.5 segundo párrafo, para el Espacio Red Natura 2000 las directrices de gestión que incluyen, con base en los objetivos de conservación, las medidas apropiadas para mantener los espacios en un estado de conservación favorable, las medidas adecuadas para evitar el deterioro de los hábitats naturales y de los hábitats de las especies, así como las alteraciones que repercutan en las especies que hayan motivado la designación de estas áreas.
El órgano foral ha sometido la parte normativa que rige para el Parque Natural a la aprobación por decreto del Gobierno Vasco y a la publicación conjunta del documento que regirá en el Parque Natural de Valderejo y en espacio RN2000 de la ZEC-ZEPA Valderejo-Sobrón-Sierra de Árcena. Este Decreto lleva a cabo ambas cuestiones.
Debe señalarse, además, que el espacio cuenta con el PORN aprobado por Decreto 3/1992 para cumplir con los objetivos concretos del artículo 4 TRLCN para el Parque Natural, y con unas normas para el lugar RN2000 contenidas en el Anexo II del Decreto 47/2016. Ambos documentos, siguiendo las indicaciones de la Disposición Final Tercera del referido Decreto 47/2016, se están refundiendo en otro documento único, éste competencia exclusiva del Gobierno Vasco, mediante el procedimiento iniciado por Orden de 1 de diciembre de 2016, de la Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial para la elaboración y aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del Parque Natural de Valderejo y de la ZEC/ZEPA de Valderejo-Sobrón-Sierra de Árcena (ES2110024). El PRUG es conforme con ambos documentos.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, de conformidad con los artículos 22.5 y 29 del TRLCN, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 15 de mayo de 2018,
Aprobar definitivamente la parte normativa del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Valderejo contenida en la letra A de la Tercera Parte apartado segundo del mismo.
Publicar, como anexo al presente Decreto, el texto íntegro del Documento de Directrices y Medidas de Gestión del Espacio Red Natura 2000 ZEC/ZEPA de Valderejo-Sobrón-Sierra de Árcena ES2110024 y III Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Valderejo.
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 15 de mayo de 2018.
El Lehendakari,
IÑIGO URKULLU RENTERIA.
El Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda,
IGNACIO MARÍA ARRIOLA LÓPEZ.
(Véase el .PDF)
Contenidos relacionados.
Historia normativa (4)
- Derogada parcialmente por: DECRETO 152/2022, de 13 de diciembre, por el que se aprueba el II Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Espacio Protegido del Patrimonio Natural Valderejo-Sobrón-Sierra de Árcena, Parque Natural Valderejo, Zona Especial de Conservación y Zona de Especial Protección para las Aves.
- Véase: ORDEN de 1 de diciembre de 2016, del Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, por la que se inicia el procedimiento de elaboración y aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Natural de Valderejo y de
- Véase: DECRETO 47/2016, de 15 de marzo, por el que se designa Valderejo-Sobrón-Sierra de Árcena (ES2110024) Zona Especial de Conservación y Zona de Especial Protección para las Aves, con sus medidas de conservación.