Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad

Normativa

Imprimir

ORDEN de 19 de octubre de 2012, de la Consejera de Cultura, por la que se reconocen nuevas disciplinas deportivas y se actualiza el catálogo de modalidades y disciplinas contenidas en el anexo al Decreto 16/2006 de 31 de enero, de las federaciones deportivas del País Vasco.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Cultura
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 229
  • Nº orden: 5211
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 19/10/2012
  • Fecha de publicación: 27/11/2012

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa; Cultura y deporte
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública

Texto legal

La Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco, en su artículo 18, establece que el Gobierno Vasco, por razones de interés público inherentes a la necesidad de ordenar el deporte en el País Vasco, determinará los criterios y condiciones a cuyo tenor se podrá calificar de modalidad deportiva cualquier actividad y las disciplinas que habrán de considerarse como integrantes de una misma modalidad deportiva. Añadiendo, en el apartado 2 que al departamento competente del Gobierno Vasco en materia de Deportes corresponderá calificar a una actividad como modalidad deportiva y determinar las disciplinas que la integran, previo informe del Consejo Vasco del Deporte.

El Decreto 16/2006, de 31 de enero, de las Federaciones Deportivas del País Vasco regula esta cuestión en el Título V Capítulo I, relativo a Modalidades Deportivas, Disciplinas y Pruebas.

A efectos del Decreto, de acuerdo con el artículo 46, se entenderá por modalidad deportiva el conjunto de disciplinas deportivas sujetas a unas mínimas reglas específicas, consolidadas y suficientemente diferenciadas que presenten un grado de autonomía significativo con respecto a otras modalidades deportivas.

Concretamente, el artículo 49 del citado Decreto señala que la relación inicial de modalidades y disciplinas reconocidas por el Gobierno Vasco se halla contenida en el anexo del Decreto y que podrá ser actualizado mediante Orden de la Consejera de Cultura.

El procedimiento a seguir para dicho reconocimiento se establece en el artículo 49.2 de dicho Decreto, cuyo último párrafo atribuye al Director de Deportes la facultad de resolver motivadamente sobre el reconocimiento de la nueva modalidad o disciplina y ordenar la publicación de la modalidad deportiva.

Sin embargo este último apartado se vio afectado por la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, de 16 de julio de 2007, ratificada por Sentencia del Tribunal Supremo, de 16 de junio 2009, en virtud de la cual debemos entender que la competencia para dicho reconocimiento y la publicación de la modificación del catálogo corresponde a la Consejera de Cultura.

En este sentido, el objeto de esta Orden es el reconocimiento de las nuevas disciplinas de las modalidades de Fútbol, Bolos, Baloncesto y Piragüismo y la actualización del catálogo de modalidades y disciplinas contenido en el anexo al Decreto 16/2006 de 31 de enero, de las Federaciones Deportivas del País Vasco, a fin de incorporar éstas nuevas disciplinas reconocidas desde la entrada en vigor de dicho Decreto, de acuerdo con el procedimiento establecido al efecto.

La modificación planteada trata de actualizar la realidad existente, al incorporar nuevas disciplinas deportivas que se practican en la CAE y que reúnen los requisitos para ser reconocidas como tales.

Por lo expuesto,