Ongizate, Gazteria eta Erronka Demografikoaren Saila 

Dirección de Gabinete y Comunicación

ÁREAS / FUNCIONES

Artículo 8.– Dirección de Gabinete y Comunicación.

Bajo la dependencia orgánica del Consejero o Consejera, a la Dirección de Gabinete y Comunicación le corresponde, además de las funciones que con carácter general le atribuye el presente Decreto, el ejercicio de las siguientes funciones:

  1. Asistir al Consejero o Consejera en el ejercicio de sus funciones, así como la planificación y seguimiento de su agenda.
  2. Impulsar, dirigir y coordinar el cumplimiento de los objetivos del Programa de Gobierno vinculados a los ámbitos de actuación del departamento, del calendario legislativo y del calendario de planes y programas, así como la coordinación de la evaluación de su cumplimiento.
  3. Canalizar las relaciones con el Parlamento Vasco, con el Ararteko y con otras Instituciones, sin perjuicio de las competencias que corresponden a Lehendakaritza.
  4. Organizar los actos públicos y oficiales del departamento.
  5. Coordinar las funciones de información general a la ciudadanía y recibir las quejas y sugerencias en relación con las áreas de actuación departamentales.
  6. Gestionar y distribuir las publicaciones departamentales, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan al servicio central de publicaciones del Gobierno Vasco.
  7. Dirigir las relaciones del departamento con los medios de comunicación social, al objeto de facilitar la difusión y divulgación de las actividades, decisiones y políticas vinculadas al departamento.
  8. Diseñar y ejecutar la política de comunicación del Departamento de Vivienda y Agenda Urbana. Establecer los criterios y las políticas informativas y de publicidad del área de actuación.
  9. Garantizar la adecuada cobertura informativa de las acciones del departamento.
  10. Participar como representante departamental en los órganos de carácter interdepartamental e interinstitucional en los que se coordine la acción informativa o publicitaria del Gobierno Vasco.
  11. Coordinar las campañas publicitarias y medidas de sensibilización social del departamento.
  12. Elaborar comunicados, referencias y notas de prensa, así como estudios e informes sobre el reflejo informativo de la actualidad del área de competencia.

Datos de contacto

Dirección

Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Álava
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Bajo la dependencia orgánica del Consejero o Consejera, a la Dirección de Gabinete y Comunicación le corresponde, además de las funciones que con carácter general le atribuye el presente Decreto, el ejercicio de las siguientes funciones:

  1. Asistir al Consejero o Consejera en el ejercicio de sus funciones, así como la planificación y seguimiento de su agenda.
  2. Impulsar, dirigir y coordinar el cumplimiento de los objetivos del Programa de Gobierno vinculados a los ámbitos de actuación del departamento, del calendario legislativo y del calendario de planes y programas, así como la coordinación de la evaluación de su cumplimiento.
  3. Canalizar las relaciones con el Parlamento Vasco, con el Ararteko y con otras Instituciones, sin perjuicio de las competencias que corresponden a Lehendakaritza.
  4. Organizar los actos públicos y oficiales del departamento.
  5. Coordinar las funciones de información general a la ciudadanía y recibir las quejas y sugerencias en relación con las áreas de actuación departamentales.
  6. Gestionar y distribuir las publicaciones departamentales, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan al servicio central de publicaciones del Gobierno Vasco.
  7. Dirigir las relaciones del departamento con los medios de comunicación social, al objeto de facilitar la difusión y divulgación de las actividades, decisiones y políticas vinculadas al departamento.
  8. Diseñar y ejecutar la política de comunicación del Departamento de Vivienda y Agenda Urbana. Establecer los criterios y las políticas informativas y de publicidad del área de actuación.
  9. Garantizar la adecuada cobertura informativa de las acciones del departamento.
  10. Participar como representante departamental en los órganos de carácter interdepartamental e interinstitucional en los que se coordine la acción informativa o publicitaria del Gobierno Vasco.
  11. Coordinar las campañas publicitarias y medidas de sensibilización social del departamento.
  12. Elaborar comunicados, referencias y notas de prensa, así como estudios e informes sobre el reflejo informativo de la actualidad del área de competencia.

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