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Normativa

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ORDEN de 20 de abril de 2010, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, por la que se modifica el anexo I de la Orden de 16 de abril de 2008, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, por la que se procede a la publicación de las fichas normalizadas para la confección del Libro de Control de Calidad, según dispone el Decreto 238/1996, de 22 de octubre, por el que se regula el Control de Calidad en la Construcción.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Vivienda, Obras Públicas y Transportes
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 91
  • Nº orden: 2503
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 20/04/2010
  • Fecha de publicación: 18/05/2010

Ámbito temático

  • Materia: Actividades Económicas; Organización administrativa; Medio natural y vivienda
  • Submateria: Industria; Gobierno y Administración Pública; Urbanismo y vivienda

Texto legal

El Decreto 238/1996, de 22 de octubre, por el que se regula el Control de Calidad en la construcción, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 215, de 7 de noviembre de 1996, dispone en su artículo 9, Libro de Control de Calidad, que entre otros documentos, el LCC contendrá «las fichas normalizadas para el asiento de los resultados de los ensayos, pruebas y análisis que se establecerán mediante Orden del Consejero del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente», utilizándose actualmente la última actualización publicadas como anexo I de la Orden de 16 de abril de 2008, publicada en el BOPV n.º 96, de 22 de mayo de 2008.

Con posterioridad se ha producido un cambio importante en la normativa aplicable al sector, con el Real Decreto 1247/2008, de 17 de julio, por el que se aprueba la Instrucción de Hormigón Estructural (EHE-08), en relación con las obras que se encuentran dentro del ámbito de aplicación de dicho Real Decreto, que obliga a la modificación, sustitución y ampliación únicamente de las fichas afectadas.

Por otra parte, y toda vez que en la actualidad están en ejecución obras que no se ven afectadas por el Real Decreto 1247/2008, de 17 de julio, debe preverse transitoriamente la vigencia para dichas actuaciones de las fichas publicadas a través de la Orden de 16 de abril de 2008, sin que les afecte la modificación que se aprueba por la presente.

En su virtud y de conformidad con el artículo 9 del Decreto 238/1996,

Cimentación. Cimentaciones profundas. Pilotes.

Estructuras de hormigón. Hormigón.

Estructuras de hormigón. Forjados unidireccionales.

Estructuras de hormigón. Armaduras pasivas. Barras rectas.

Estructuras de hormigón. Armaduras pasivas. Mallas.

La modificación consiste en la sustitución de las citadas fichas por las que se incluyen como anexo a la presente Orden.

Las obras en ejecución que estén fuera del ámbito de aplicación del Real Decreto 1247/2008, de 17 de julio, por el que se aprueba la Instrucción de Hormigón Estructural (EHE-08), utilizarán para el asiento de los resultados de los ensayos, pruebas y análisis, las fichas del anexo I de la Orden de 16 de abril de 2008, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, tal y como figuraban publicadas en el BOPV n.º 96, de 22 de mayo de 2008, y sin que, a dichos supuestos de vigencia transitoria, les afecten las fichas modificadas por la presente Orden.

La presenta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de abril de 2010.

El Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes,

IGNACIO MARÍA ARRIOLA LÓPEZ.

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