Departamento de Hacienda y Finanzas

Normativa

Imprimir

ORDEN de 28 de marzo de 2019, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, de segunda modificación del Anexo I del Decreto 160/2014, de 29 de julio, de la licencia de caza y el examen de aptitud para cazar.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Desarrollo Económico e Infraestructuras
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 70
  • Nº orden: 1811
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 28/03/2019
  • Fecha de publicación: 10/04/2019

Ámbito temático

  • Materia: Medio natural y vivienda; Organización administrativa
  • Submateria: Agricultura y pesca; Gobierno y Administración Pública

Texto legal

El Decreto 160/2014, de 29 de julio, de la licencia de caza y el examen de aptitud para cazar, recoge en su Anexo I las Comunidades Autónomas cuyas licencias de caza producen los efectos del certificado acreditativo de haber superado un examen de aptitud para cazar.

La Disposición final primera del mismo decreto 160/2014 faculta al Consejero o Consejera del Departamento competente en materia de caza para modificar el Anexo I, para incluir las Comunidades Autónomas que implanten efectivamente un examen de aptitud homologable al regulado en la Comunidad Autónoma vasca, o para excluir, en su caso, a las que lo dejen de realizar.

La Comunidad Autónoma de Madrid ha implantado el examen de caza, por medio de la Orden 862/2015, de 21 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que, en desarrollo del Decreto 23/2015, de 23 de abril, del Consejo de Gobierno, se regula el curso de cazador.

Procede, por tanto, trasladar dicho cambio al Anexo I del Decreto 160/2014.

Por todo ello,

Aragón.

Asturias, respecto a licencias de clase «A» del artículo 30 de la Ley 2/89, de 6 de junio, de Caza.

Canarias, respecto a licencias de clase «A» del artículo 7 del Decreto 42/2003, de 7 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 7/1998, de 6 de julio, de Caza de Canarias.

Castilla y León.

Castilla-La Mancha.

Extremadura.

Galicia.

La Rioja.

Madrid.

Navarra.

Contenidos relacionados.


Competencias y transferencias

No existe ningún contenido relacionado.

Documentación de relevancia jurídica

No existe ningún contenido relacionado.