Normativa
ImprimirRESOLUCIÓN de 22 de junio de 2022, del Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas a la cooperación previstas en el Decreto 43/2017, de 14 de febrero, correspondiente al ejercicio 2021.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Resolución
- Órgano emisor: Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 127
- Nº orden: 3020
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 22/06/2022
- Fecha de publicación: 01/07/2022
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa; Medio natural y vivienda
- Submateria: Gobierno y Administración Pública; Agricultura y pesca
Texto legal
A la vista de las solicitudes presentadas dentro del plazo reglamentariamente establecido para acogerse a las subvenciones previstas en la Orden de 7 de julio de 2021, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se aprueban, para el año 2021, las bases de la convocatoria de ayudas a la cooperación previstas en el Decreto 43/2017, de 14 de febrero, por el que se establece la normativa marco de las ayudas previstas en el Programa de Desarrollo Rural de Euskadi 2015-2020.
Considerando que la Comisión de Valoración ha emitido una propuesta para cuya elaboración ha tenido en cuenta los criterios objetivos de valoración y selección establecidos en los artículos 25, 32, 39, 46, 53, 60 y 67 de la Orden de 7 de julio de 2021.
Considerando que procede la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, conforme disponen el artículo 49.2 del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco y el artículo 9.4 de las bases reguladoras contenidas en la Orden de 7 de julio de 2021.
Por cuanto antecede,
Las ayudas correspondientes a proyectos forestales o proyectos no agrarios de desarrollo en zonas rurales figuran en el Anexo IV y tienen el carácter de minimis al amparo del Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (DOUE n.º 3525, de 24 de diciembre de 2013).
En Vitoria-Gasteiz, a 22 de junio de 2022.
El Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria,
BITTOR OROZ IZAGIRRE.
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