Normativa
ImprimirRESOLUCIÓN de 15 de enero de 2021, del Viceconsejero de Seguridad, de convocatoria del proceso para la concesión de menciones honoríficas en el ámbito de la seguridad privada en Euskadi, correspondientes al año 2020.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Resolución
- Órgano emisor: Seguridad
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 31
- Nº orden: 798
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 15/01/2021
- Fecha de publicación: 12/02/2021
Ámbito temático
- Materia: Seguridad y justicia; Organización administrativa
- Submateria: Interior; Institucional
Texto legal
El Decreto 207/2014, de 21 de octubre, de regulación del ejercicio de competencias de la Comunidad Autónoma de Euskadi en materia de seguridad privada, en su artículo 11 contempla la posibilidad de que el personal de seguridad privada que sobresalga en el cumplimiento de sus obligaciones pueda ser distinguido con menciones honoríficas por el Departamento de Seguridad, menciones honoríficas que se otorgarán teniendo en cuenta la especial peligrosidad, penosidad, iniciativa profesional o trascendencia social de los actos meritorios y que podrán concederse de oficio o a iniciativa de particulares, de las empresas a las que pertenezca el personal, o de otras entidades relacionadas con la seguridad privada.
La concesión de tales menciones honoríficas corresponde al Viceconsejero de Seguridad, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.3.h) del Decreto 83/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Seguridad.
El procedimiento para la concesión estas menciones se ha desarrollado mediante Orden de la Consejera de Seguridad, de 1 de marzo de 2016, sobre concesión de menciones honoríficas en el ámbito de la seguridad privada de Euskadi, en la cual se contempla la concesión de condecoraciones y distinciones honoríficas al personal de seguridad privada, diplomas a las empresas de seguridad privada y placas de honor a las personas físicas, a las instituciones, corporaciones, entidades o establecimientos públicos o privados.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Orden de la Consejera de Seguridad, de 1 de marzo de 2016, mediante la presente Resolución se convoca el proceso para la concesión de las menciones honoríficas en el ámbito de la seguridad privada en Euskadi correspondientes al año 2020.
Por todo ello,
Condecoración Honorífica.
Distinción Honorífica.
Diploma.
Placa de Honor.
Las personas físicas podrán presentar sus solicitudes tanto de forma presencial como electrónica.
Canal presencial: las solicitudes se presentarán en las Oficinas del Gobierno Vasco de Atención al Ciudadano, Zuzuenean, de Bizkaia (Gran Vía, 85, 48001 Bilbao), Gipuzkoa (Andía 13, 20003 San Sebastián) y Álava (Ramiro Maeztu, 10 bajo, 01008 Vitoria-Gasteiz).
Canal electrónico: las solicitudes se presentarán accediendo a la siguiente sede electrónica: https://www.euskadi.eus/servicios/1042605
Los trámites posteriores a la solicitud, por canal electrónico, se realizan a través de http://euskadi.eus/misgestiones
El empleo de un canal, presencial o electrónico, en el trámite de solicitud y aportación de documentación no obliga a su utilización en los sucesivos trámites del procedimiento, pudiendo modificarse en cualquier momento.
Las personas jurídicas deberán presentar las solicitudes por medios electrónicos accediendo a la dirección electrónica señalada anteriormente.
En Vitoria-Gasteiz, a 15 de enero de 2021.
El Viceconsejero de Seguridad,
JESÚS MARÍA ZUBIAGA NIEVA.
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Historia normativa (2)
- Véase: RESOLUCIÓN de 1 de junio de 2021, del Viceconsejero de Seguridad, de nueva convocatoria del proceso para la concesión de menciones honoríficas en el ámbito de la seguridad privada en Euskadi, correspondientes al año 2020.
- Véase: ORDEN de la Consejera de Seguridad de 1 de marzo de 2016, sobre concesión de menciones honoríficas en el ámbito de la seguridad privada en Euskadi.