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Normativa

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ORDEN de 4 de enero de 2017, del Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se modifica la composición de la comisión de valoración del concurso para la provisión de puestos de trabajo de niveles de complemento específico I-A, I-B, II-A, II-B, II-C y III-A, que pertenecen al área de conocimiento «Euskara», reservados a personal funcionario de carrera de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos Autónomos.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Gobernanza Pública y Autogobierno
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 11
  • Nº orden: 232
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 04/01/2017
  • Fecha de publicación: 17/01/2017

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Función pública

Texto legal

La Orden de 24 de mayo de 2016, del Consejero de Administración Pública y Justicia, aprueba la convocatoria y las bases específicas del concurso para la provisión de puestos de trabajo de niveles de complemento específico I-A, I-B, II-A, II-B, II-C y III-A que pertenecen al área de conocimiento «Euskara» reservados a personal funcionario de carrera de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos Autónomos y establece, asimismo, la composición de la comisión de valoración.

Mediante Orden de 15 de julio de 2016, del Consejero de Administración Pública y Justicia, se procede a modificar la composición de la comisión de valoración de este concurso.

Dada la necesidad sobrevenida de modificar la comisión de valoración se procede a realizar nuevos nombramientos en sustitución de las personas anteriormente nombradas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 y siguientes de la Ley de Función Pública Vasca y en el Reglamento de provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de las Administraciones Públicas Vascas, aprobado por Decreto 190/2004; en virtud de la competencia atribuida en el artículo 6.1.j) de la citada Ley,

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 4 de enero de 2017.

El Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno,

JOSU IÑAKI ERKOREKA GERVASIO.