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Normativa

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ORDEN de 30 de mayo de 2022, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se acuerda la integración de la biblioteca de la Escuela de Arte y Superior de Diseño «iDarte» en la Red de Lectura Pública de Euskadi.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Cultura y Política Lingüística
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 111
  • Nº orden: 2560
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 30/05/2022
  • Fecha de publicación: 09/06/2022

Texto legal

Vista la solicitud del centro público de enseñanza Escuela de Arte y Superior de Diseño «iDarte», de fecha 4 de noviembre de 2021, conforme a la cual solicita formalmente la integración de su biblioteca en la Red de Lectura Pública de Euskadi.

Resultando que la Escuela de Arte y Superior de Diseño «iDarte» es un centro público de enseñanza.

Considerando que la Ley 11/2007, de 26 de octubre, de Bibliotecas de Euskadi, establece en su artículo 6 que corresponde al Departamento del Gobierno Vasco competente en materia de cultura desarrollar la planificación de los servicios bibliotecarios ofrecidos por el Sistema Bibliotecario de Euskadi, ejerciendo esta competencia sobre todas las bibliotecas de titularidad pública de competencia de la Comunidad Autónoma, así como sobre aquellas otras bibliotecas de titularidad privada, foral o estatal que se incorporen voluntariamente al sistema bibliotecario o a la red de Lectura Pública de Euskadi.

Considerando que según el Art. 7 de la Ley 11/2007, las bibliotecas universitarias y de centros docentes forman parte del Sistema Bibliotecario de Euskadi.

Considerando, que dicha norma, en su artículo 13.3, establece que las bibliotecas de los centros públicos de enseñanza podrán formar parte de la Red de Lectura Pública de Euskadi.

Considerando, que la citada ley establece en su artículo 13.4 que la Red de Lectura Pública de Euskadi tiene como objetivo primordial proporcionar a los ciudadanos el acceso a sus registros culturales y de información, así como el más amplio acceso posible a los contenidos informativos y culturales externos disponibles en el conjunto de servicios de las bibliotecas de uso público general.

En virtud de todo lo anterior, verificado el cumplimiento por parte de la mencionada biblioteca de los requisitos del artículo 14 de la Ley 11/2007, de 26 de octubre, de Bibliotecas de Euskadi para su integración en la Red de Lectura Pública de Euskadi,

Ordenar la integración de la biblioteca del centro público de enseñanza Escuela de Arte y Superior de Diseño «iDarte» en la Red de Lectura Pública de Euskadi, en virtud de lo dispuesto en los artículos 13, 14 y 19 de la Ley 11/2007, de 26 de octubre, de Bibliotecas de Euskadi.

El centro público de enseñanza Escuela de Arte y Superior de Diseño «iDarte» queda obligado al mantenimiento de las condiciones de prestación del servicio previstas en el artículo 14 de la Ley 11/2007, de 26 de octubre, de Bibliotecas de Euskadi, procediendo, en caso contrario, la revocación de la autorización de integración otorgada.

Contra la presente Resolución podrán los/as interesados/as interponer recurso potestativo de reposición (artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), ante el Consejero de Cultura y Política Lingüística, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

La presente Orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 30 de mayo de 2022.

El Consejero de Cultura y Política Lingüística,

BINGEN ZUPIRIA GOROSTIDI.

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