Normativa
ImprimirORDEN de 25 de octubre de 2022, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se modifica la Orden de 18 de mayo de 2022, por la que se aprueban las bases generales que han de regir los procesos especiales de consolidación de empleo y los procesos excepcionales de consolidación de empleo en los cuerpos y escalas de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, en lo que se refiere al plazo de alegación de méritos.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Orden
- Órgano emisor: Gobernanza Pública y Autogobierno
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 206
- Nº orden: 4630
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 25/10/2022
- Fecha de publicación: 27/10/2022
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa
- Submateria: Función pública
Texto legal
Por Orden de 18 de mayo de 2022, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, se aprobaron las bases generales de los procesos selectivos especiales y excepcionales de consolidación de empleo para el ingreso, como funcionario de carrera, en la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos autónomos.
Las bases generales de los procesos de consolidación de empleo en los cuerpos y escalas de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, establecieron que el plazo de alegación de méritos sería de 10 días hábiles.
Se ha evidenciado que un número importante de personas participantes en los procesos selectivos solicita cita para realizar sus consultas y obtener asistencia en las oficinas del IVAP, y la administración ha de prestar el mejor servicio posible.
A fin de que el principio de igualdad que debe presidir los procesos selectivos se manifieste, también, en el acceso a la asistencia presencial de cuantos la demandan y en que esta asistencia se realice con la disponibilidad de tiempo necesaria, resulta preciso modificar las previsiones de las bases generales de los procesos selectivos, dotando al plazo de alegación de méritos de una duración mayor.
Por todo ello,
Con la publicación de la relación definitiva de personas aprobadas en la fase de oposición, se establecerá un plazo de 20 días hábiles para la alegación de méritos, que se llevará a cabo de conformidad con lo que se dispone en la base 9.
Con la publicación de la relación definitiva de las personas admitidas, se establecerá un plazo de 20 días hábiles para la alegación de méritos, que se llevará a cabo de conformidad con lo que se dispone en la base 9.
Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el boletín oficial del país vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Vitoria-Gasteiz, a 25 de octubre de 2022.
La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno,
OLATZ GARAMENDI LANDA.