Normativa
ImprimirORDEN de 20 de enero de 2023, del Consejero Cultura y Política Lingüística, por la que se declaran deportistas, técnicos, técnicas, jueces y juezas de alto nivel.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Orden
- Órgano emisor: Cultura y Política Lingüística
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 22
- Nº orden: 532
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 20/01/2023
- Fecha de publicación: 01/02/2023
Ámbito temático
- Materia: Cultura y deporte; Organización administrativa
- Submateria: Gobierno y Administración Pública
Texto legal
Decreto 203/2010, de 20 de julio, del Deporte Alto Nivel, establece, en su artículo 4.2 que la Consejera o consejero competente en materia de Deporte, del Gobierno Vasco, a propuesta de la Comisión de Evaluación del deporte de Alto Nivel, declarará la condición de deportistas de alto nivel de quienes por su rendimiento y clasificación se sitúen entre las y los mejores del Mundo o de Europa, en sus respectivas modalidades y disciplinas deportivas, de acuerdo con los criterios selectivos que se establecen en el presente Decreto y su Anexo I, siempre que cumplan los requisitos que se señalan a continuación.
Asimismo, a tenor de los artículos 6.2 y 7.2 la Consejera o el Consejero del Gobierno Vasco, competente en materia de Deporte, a propuesta de la Comisión de Evaluación del Deporte del Alto Nivel, declarará la condición de técnica o técnico de alto nivel a quien ejerza las funciones de máximo responsable técnico de, al menos, una persona que haya sido declarada deportista de alto nivel conforme a lo establecido en el presente Decreto y la condición de jueces o juezas de alto nivel a quienes participen como tales en competiciones deportivas internacionales y conste su reconocimiento en las relaciones elaboradas por los órganos correspondientes de las Federaciones Internacionales de las distintas modalidades deportivas.
La declaración de deportistas, técnicos y técnicas, jueces y juezas de alto nivel tendrá los efectos que el citado Decreto establece a lo largo de su articulado, con una vigencia temporal, de carácter general de cuatro años, en los términos establecidos en el mismo.
Habiéndose detectado la existencia de solicitudes que presentadas en plazo para la declaración correspondiente al mes de noviembre no se pudieron valorar por la Comisión de Evaluación, por no haberse recibido en el Departamento de Cultura y Política Lingüística competente, se ha procedido a su valoración y resolución.
A la vista de las solicitudes presentadas, la Comisión de Evaluación, reunida el día 13 de enero 2023, tras el examen y valoración de todas y cada una de las mismas, ha realizado la propuesta pertinente.
En su virtud,
En Vitoria-Gasteiz, a 20 de enero de 2023.
El Consejero de Cultura y Política Lingüística,
BINGEN ZUPIRIA GOROSTIDI.
(Véase el .PDF)