Normativa
ImprimirORDEN de 18 de enero de 2023, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se modifican los Anexos IX y X de la Orden de 8 de septiembre de 2022, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se convocan los procesos especiales de consolidación de empleo y procesos excepcionales de consolidación de empleo en cuerpos y escalas de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Orden
- Órgano emisor: Gobernanza Pública y Autogobierno
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 21
- Nº orden: 499
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 18/01/2023
- Fecha de publicación: 31/01/2023
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa
- Submateria: Función pública
Texto legal
El Anexo IX establece las bases específicas de la convocatoria del proceso especial de consolidación de empleo de la Escala de Traducción.
El Anexo X establece las bases específicas de la convocatoria del proceso excepcional de consolidación de empleo de la Escala de Traducción.
Tal como se indica en la resolución de los recursos, «las bases específicas de la convocatoria del proceso especial (Anexo IX) y del proceso excepcional (Anexo X) se modificarán para incluir en la valoración de méritos las titulaciones correspondientes al campo de estudio 023104 Traducción e interpretación de la siguiente forma:
b.1. Se valorarán hasta un máximo de 10 puntos, los siguientes títulos:
A razón de 5 puntos por título, las titulaciones de grado y licenciatura de los siguientes campos de estudio:
023104 Traducción e interpretación.
023201 Lenguas y Dialectos españoles relacionadas con el Euskera.
c.1. Se valorarán hasta un máximo de 20 puntos los siguientes títulos:
A razón de 10 puntos por título, las titulaciones de grado y licenciatura de los siguientes campos de estudio:
023104 Traducción e interpretación.
023201 Lenguas y Dialectos españoles relacionadas con el Euskera.»
b.1. Se valorarán hasta un máximo de 10 puntos, los siguientes títulos:
A razón de 5 puntos por título, las titulaciones de grado y licenciatura de los siguientes campos de estudio:
023104 Traducción e interpretación
023201 Lenguas y Dialectos españoles relacionadas con el Euskera.
A razón de 3 puntos las titulaciones de grado y licenciatura de los campos de estudio en los siguientes campos de estudio:
023201 Lenguas y dialectos españoles.
023101 Lengua inglesa.
023102 Lenguas clásicas.
023901 Lenguas modernas y aplicadas.
023103 Otras lenguas extranjeras.
c.1. Se valorarán hasta un máximo de 20 puntos los siguientes títulos:
A razón de 10 puntos por título, las titulaciones de grado y licenciatura de los siguientes campos de estudio:
023104 Traducción e interpretación.
023201 Lenguas y Dialectos españoles relacionadas con el Euskera.
A razón de 5 puntos por título, las titulaciones de grado y licenciatura de los siguientes campos de estudio:
023201 Lenguas y dialectos españoles.
023101 Lengua inglesa.
023102 Lenguas clásicas.
023901 Lenguas modernas y aplicadas.
023103 Otras lenguas extranjeras.
Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Vitoria-Gasteiz, a 18 de enero de 2023.
La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno,
OLATZ GARAMENDI LANDA.