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Normativa

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CORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden de 18 de mayo de 2022, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se regulan y convocan, para el periodo 2022-2024, subvenciones para la puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural Vasco.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Cultura y Política Lingüística
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 108
  • Nº orden: 2480
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 18/05/2022
  • Fecha de publicación: 06/06/2022

Ámbito temático

  • Materia: Cultura y deporte; Organización administrativa
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública

Texto legal

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertidos errores de dicha índole en la Orden de 18 de mayo de 2022, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se regulan y convocan, para el periodo 2022-2024, subvenciones para la puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural Vasco, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 100, de 25 de mayo de 2022, se procede a su corrección.

En el artículo 16.1, en la página 2022/2255 (9/20),

donde dice:

  1. En el caso de las actividades del artículo 2, apartados a), b), c), y e):

debe decir:

  1. En el caso de las actividades del artículo 2, apartados a), b) y d):

En el artículo 16.2, en la página 2022/2255 (10/20),

donde dice:

  1. En el caso de las actividades subvencionables recogidas en el artículo 2 apartado d):

debe decir:

  1. En el caso de las actividades subvencionables recogidas en el artículo 2 apartado c):

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