Normativa
ImprimirORDEN de 29 de julio de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se da a conocer el volumen total de ayudas a conceder a las organizaciones de personas productoras de frutas y hortalizas para al año 2015.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Orden
- Órgano emisor: Desarrollo Económico y Competitividad
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 153
- Nº orden: 3514
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 29/07/2015
- Fecha de publicación: 14/08/2015
Ámbito temático
- Materia: Economía y Hacienda; Organización administrativa; Medio natural y vivienda
- Submateria: Hacienda; Gobierno y Administración Pública; Agricultura y pesca
Texto legal
Las ayudas a las organizaciones de frutas y hortalizas derivan de la Organización Común de Mercado (OCM) en el sector de las frutas y hortalizas inscrita en el marco de la Política Agraria Común. Actualmente existen dos modalidades de ayudas: ayuda comunitaria a las organizaciones de personas productoras reconocidas y ayuda nacional complementaria a esas mismas organizaciones.
Tras la modificación de la normativa comunitaria que regula la OCM de este sector, en la Comunidad Autónoma del País Vasco se publicó el Decreto 30/2010, de 26 de enero, por el que se regula el desarrollo y aplicación en la Comunidad Autónoma de País Vasco de la reglamentación comunitaria en el sector de las frutas y hortalizas y el régimen de ayudas derivadas de la misma. Este decreto ha derogado y sustituido a las normas que regulaban anteriormente estas ayudas, el Decreto 228/1997, de 14 de octubre y el Decreto 56/2000, de 21 de marzo.
Si bien los plazos de presentación de solicitudes están establecidos de forma indefinida la normativa comunitaria y en el Decreto 30/2010, de 26 de enero, (a más tardar el 15 de febrero del año siguiente a aquel a que hagan referencia dichas solicitudes), el artículo 25.4 de ese mismo Decreto establece que anualmente mediante Orden se dará a conocer el volumen total de las ayudas correspondiente al año en cuestión a las organizaciones de personas productoras de frutas y Hortalizas.
En su virtud,
Para el año 2015 las ayudas previstas en los apartados a) y b) del apartado 1 del artículo 22 del Decreto 30/2010, de 26 de enero, por el que se regula el desarrollo y aplicación en la Comunidad Autónoma de País Vasco de la reglamentación comunitaria en el sector de las frutas y hortalizas y el régimen de ayudas derivadas de la misma, no podrán superar las siguientes cantidades:
744,59 euros en la ayuda con cargo al FEAGA.
000,00 euros en la ayuda con cargo a los Presupuestos Generales de Euskadi.
Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de reposición ante la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación.
La presente Orden surtirá efectos el día de su firma sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 29 de julio de 2015.
La Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad,
MARÍA ARANZAZU TAPIA OTAEGUI.
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Historia normativa
- Véase: RESOLUCIÓN de 21 de octubre de 2015, del Director de Calidad e Industrias Alimentarias, por la que se publica la relación de organizaciones de personas productoras de frutas y hortalizas beneficiarias de las ayudas económicas concedidas durante el ejercic
- Véase: DECRETO 30/2010, de 26 de enero, por el que se regula el desarrollo y aplicación en la Comunidad Autónoma del País Vasco de la reglamentación comunitaria en el sector de las frutas y hortalizas y el régimen de ayudas derivadas de la misma.