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Normativa

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ORDEN 12 de enero de 2010, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, por la que se acuerda extender la financiación cualificada establecida con carácter general para las áreas de rehabilitación integrada, al barrio de Altza del municipio de Donostia-San Sebastián.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Vivienda, Obras Públicas y Transportes
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 45
  • Nº orden: 1275
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 12/01/2010
  • Fecha de publicación: 08/03/2010

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa; Medio natural y vivienda; Economía y Hacienda
  • Submateria: Administración Pública; Urbanismo y vivienda; Ayuntamientos de la CAPV; Economía

Texto legal

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  1. Mediante escrito del Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián se solicita la concesión de las ayudas definidas para las Áreas de Rehabilitación Integrada al barrio de Altza del municipio de Donostia-San Sebastián, adjuntando la delimitación del ámbito, memoria descriptivo-justificativa, estudio socio-urbanístico, estudio económico-financiero y programa de actuación.

  2. De la documentación obrante en el expediente, plano de delimitación aportado por el ayuntamiento, inspección ocular de la zona y del Plan General del municipio, se desprende la delimitación del ámbito de actuación de dicha Área, que se concreta en el plano adjunto a la presente Orden.

  1. El titular del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes es el órgano competente para la resolución del presente expediente, de conformidad con lo previsto en el Decreto del Gobierno Vasco 373/2005, de 15 de noviembre, artículo 10 y disposición adicional tercera del Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, normativa aplicable dada la fecha de la solicitud.

  2. Conforme señala la disposición adicional tercera del Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, el Consejero de este Departamento podrá conceder, mediante Orden dictada al efecto, las ayudas definidas para las Áreas de Rehabilitación Integradas a aquellas Áreas definidas en el artículo 9.2 del citado Decreto, cuya gestión y ejecución no precise la redacción de Plan Especial de Rehabilitación.

  3. Se cumplen en el presente supuesto el conjunto de las condiciones de degradación económico-social y urbanístico-arquitectónicas, establecidas en el citado artículo 9.2 del Decreto 317/2002, para considerar el barrio de Altza del municipio de Donostia-San Sebastián como Área Degradada, de conformidad con el Informe emitido por la Dirección de Suelo y Urbanismo, de fecha 11 de enero de 2010.

Autorizar la concesión de las ayudas financieras establecidas en el Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, para las Áreas de Rehabilitación Integrada a las actuaciones de rehabilitación protegida que se realicen en el barrio de Altza del municipio de Donostia-San Sebastián.

Contra la presente Orden cabe interponer recurso de reposición ante el Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 12 de enero de 2010.

El Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes,

IGNACIO MARÍA ARRIOLA LÓPEZ.

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