Normativa
ImprimirORDEN 12 de enero de 2010, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, por la que se acuerda extender la financiación cualificada establecida con carácter general para las áreas de rehabilitación integrada, al barrio de Altza del municipio de Donostia-San Sebastián.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Orden
- Órgano emisor: Vivienda, Obras Públicas y Transportes
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 45
- Nº orden: 1275
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 12/01/2010
- Fecha de publicación: 08/03/2010
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa; Medio natural y vivienda; Economía y Hacienda
- Submateria: Administración Pública; Urbanismo y vivienda; Ayuntamientos de la CAPV; Economía
Texto legal
Mediante escrito del Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián se solicita la concesión de las ayudas definidas para las Áreas de Rehabilitación Integrada al barrio de Altza del municipio de Donostia-San Sebastián, adjuntando la delimitación del ámbito, memoria descriptivo-justificativa, estudio socio-urbanístico, estudio económico-financiero y programa de actuación.
De la documentación obrante en el expediente, plano de delimitación aportado por el ayuntamiento, inspección ocular de la zona y del Plan General del municipio, se desprende la delimitación del ámbito de actuación de dicha Área, que se concreta en el plano adjunto a la presente Orden.
El titular del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes es el órgano competente para la resolución del presente expediente, de conformidad con lo previsto en el Decreto del Gobierno Vasco 373/2005, de 15 de noviembre, artículo 10 y disposición adicional tercera del Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, normativa aplicable dada la fecha de la solicitud.
Conforme señala la disposición adicional tercera del Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, el Consejero de este Departamento podrá conceder, mediante Orden dictada al efecto, las ayudas definidas para las Áreas de Rehabilitación Integradas a aquellas Áreas definidas en el artículo 9.2 del citado Decreto, cuya gestión y ejecución no precise la redacción de Plan Especial de Rehabilitación.
Se cumplen en el presente supuesto el conjunto de las condiciones de degradación económico-social y urbanístico-arquitectónicas, establecidas en el citado artículo 9.2 del Decreto 317/2002, para considerar el barrio de Altza del municipio de Donostia-San Sebastián como Área Degradada, de conformidad con el Informe emitido por la Dirección de Suelo y Urbanismo, de fecha 11 de enero de 2010.
Autorizar la concesión de las ayudas financieras establecidas en el Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, para las Áreas de Rehabilitación Integrada a las actuaciones de rehabilitación protegida que se realicen en el barrio de Altza del municipio de Donostia-San Sebastián.
Contra la presente Orden cabe interponer recurso de reposición ante el Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación.
En Vitoria-Gasteiz, a 12 de enero de 2010.
El Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes,
IGNACIO MARÍA ARRIOLA LÓPEZ.