Departamento de Salud / Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico

Normativa

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ORDEN del Departamento de Politica Territorial y Transportes de 18 de Febrero de 1987, por la que se establece el plazo para la presentación de solicitudes para la suscripción de convenios regulares en el Decreto 51/1986, entre el Departamento de Politica Territorial y Transportes y los Ayuntamientos de Alava, Guipuzcoa y Vizcaya para la redacción de estudios Socio-Urbanísticos y Planes especiales de rehabilitación.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Política Territorial y Transportes
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 44
  • Nº orden: 442
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 18/02/1987
  • Fecha de publicación: 05/03/1987

Ámbito temático

  • Materia: Medio natural y vivienda; Organización administrativa
  • Submateria: Urbanismo y vivienda; Institucional; Gobierno y Administración Pública; Departamentos

Texto legal

El Decreto 290/1986, de 30 de Diciembre, sobre prórroga de la vigencia de disposiciones normativas que afectan a áreas de actuación del Departamento de Política Territorial y Transportes, faculta al Consejero del citado Departamento para establecer los plazos necesarios, así como las debidas condiciones y requisitos que, por ser de aplicación durante el ejercicio de 1986, no se corresponden con los términos literales de las disposiciones señaladas en el Anexo del referido Decreto. Dado que en el Anexo del Decreto 290/ 1986 figura el Decreto 51/1986, de 18 de Febrero, por el que se establecen las bases para la suscripción de Convenios entre el Departamento de Política Territorial Transportes y los Ayuntamientos de Alava, Guipúzcoa y Vizcaya para la redacción de Estudios SocioUrbanísticos y Planes Especiales de Rehabilitación, procede establecer el plazo para que los Ayuntamientos puedan solicitar en el año 1987 la suscripción de los referidos Convenios, ya que el resto de los requisitos y condiciones del decreto 51/1986 no se modifican. En su virtud, este Departamento ha dispuesto: Artículo Unico: El plazo de presentación de solicitudes para la suscripción de los Convenios de Colaboración regulados en el Decreto 51/1986, de 18 de Febrero, será de 30 días a contar desde la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.DISPOSICION FINAL El resto de las determinaciones contenidas en el Decreto 51/1986, de 18 de Febrero, por el que se establecen las bases para la suscripción de Convenios entre el Departamento de Política Territorial y Transportes y los Ayuntamientos de Alava, Guipúzcoa y Vizcaya mantendrán su vigencia para la regulación de los Convenios que se suscriban de conformidad con la presente Orden. Vitoria-Gasteiz, a 18 de Febrero de 1987. El Consejero de Política Territorial y Transportes, JOSE RAMON ESTOMBA GOIKOETXEA.