Departamento de Salud / Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico

Normativa

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ORDEN de 10 de Diciembre, del Departamento de la Presidencia, por la que se desarrolla el Decreto 193/1982, de 13 de Setiembre.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Presidencia del Gobierno
  • Estado vigencia: Derogado

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 12
  • Nº orden: 186
  • Nº disposición: 11
  • Fecha de disposición: 10/12/1982
  • Fecha de publicación: 27/01/1983

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa; Actividades Económicas
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Información y comunicaciones

Texto legal

A fin de regular la inserción en el Boletín Oficial del País Vasco de las disposiciones, resoluciones y acuerdos que de conformidad con el Decreto 193/1982, de 13 de Setiembre, hayan de publicarse en el mismo y en virtud de la autorización establecida en la Disposición Final Primera de dicho Decreto, DISPONGO: Artículo 1.° Las leyes del Parlamento Vasco, así como las disposiciones con fuerza de ley y los decretos del Lehendakari y del Gobierno Vasco serán remitidos por el Consejero de la Presidencia a la Dirección del Boletín Oficial del País Vasco con orden de inserción de su publicación en el mismo. Dichas disposiciones llevarán en todas sus páginas el sello y rúbrica del Consejero de la Presidencia.Artículo 2.° Las disposiciones, resoluciones y acuerdos provenientes de los demás órganos de la Administración Autónoma e Institucional del País Vasco serán remitidos por el Vicepresidente, Consejero, Viceconsejero, Director a Autoridad de quien proceda, o por la persona que a estos efectos tuviera reconocida su firma, al Director del Boletin Oficial del País Vasco, con orden expresa de inserción de su publicación en el mismo y acompañados de sus correspondientes copias. Dichas disposiciones, resoluciones y acuerdos llevarán en todas sus páginas el sello del Departamento u Organismo de origen, así como la rúbrica de la persona legalmente autorizada para ordenar su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Dado en Vitoria-Gasteiz, a diez de Diciembre de mil novecientos ochenta y dos. El Consejero de Presidencia, JAVIER CAÑO MORENO.

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