Normativa
ImprimirDECRETO 42/2023, de 28 de marzo, de tercera modificación del Decreto por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Decreto
- Órgano emisor: Igualdad, Justicia y Políticas Sociales
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 71
- Nº orden: 1747
- Nº disposición: 42
- Fecha de disposición: 28/03/2023
- Fecha de publicación: 14/04/2023
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa
- Submateria: Gobierno y Administración Pública; Departamentos
Texto legal
Por Decreto 12/2021, de 19 de enero, se estableció la estructura orgánica y funcional del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales el cual ha sido objeto de dos modificaciones, la primera mediante el Decreto 5/2022, de 11 de enero, por el que se aprueban los Estatutos de Aukerak, Agencia Vasca de Reinserción Social y se adscribe el personal transferido que prestaba sus servicios en la entidad estatal de derecho público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, y la segunda por Decreto 40/2022, de 29 de marzo, de segunda modificación del Decreto por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales.
Posteriormente, en concreto con fecha 27 de septiembre de 2022 se ha publicado en el Boletín Oficial del País Vasco el Decreto 18/2022, de 23 de septiembre, del Lehendakari, de segunda modificación del Decreto de creación, supresión y modificación de los departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, en cuya virtud el área de juventud que hasta ese momento formaba parte de las competencias del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales pasa a formar parte de las áreas competenciales correspondientes a Lehendakaritza-Presidencia de Gobierno; motivo por el cual se procede a la tercera modificación del Decreto 12/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales al objeto de su acomodo al nuevo reparto competencial.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, previa aprobación del Lehendakari y deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 28 de marzo de 2023,
Órganos centrales:
Consejero o Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales.
Dirección de Gabinete.
Dirección de Comunicación.
Dirección de Servicios.
Están así mismo adscritos o vinculados al Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, en los términos que establecen sus normas de creación, los siguientes órganos:
Órgano Interinstitucional de Servicios Sociales, creado por la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, y regulado por el Decreto 101/2010, de 30 de marzo.
Consejo Vasco de Servicios Sociales, creado por la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, regulado con su denominación anterior, como Consejo Vasco de Bienestar Social, por el Decreto 124/2006, de 13 de junio, modificado por el Decreto 159/2008, de 16 de septiembre, y, en el seno del Consejo Vasco de Servicios Sociales, el Consejo Sectorial de Personas Mayores.
Observatorio Vasco de Servicios Sociales, creado por el Decreto 225/2011, de 26 de octubre.
Consejo Asesor de Mediación Familiar, creado por la Ley 1/2008, de 8 de febrero, de Mediación Familiar, regulado por el Decreto 84/2009, de 21 de abril.
Comisión Técnica de Adopción Internacional, regulada por el Decreto 277/2011, de 27 de diciembre.
Consejo Vasco del Voluntariado, regulado por el Decreto 30/2003, de 18 de febrero.
Consejo para la Promoción Integral y Participación Social del Pueblo Gitano, regulado por el Decreto 289/2003, de 25 de noviembre.
Comisión Permanente Sectorial para la Atención a la Infancia y la Adolescencia, regulada por el Decreto 165/2007, de 2 de octubre.
Observatorio de Infancia y Adolescencia, previsto por Ley 3/2005, de 18 de febrero, de Atención y Protección a la Infancia y a la Adolescencia, y regulado por el Decreto 219/2007, de 4 de diciembre.
Observatorio Vasco de las Familias, regulado por Decreto 309/2010, de 23 de noviembre.
Foro para la Integración y Participación Social de las ciudadanas y ciudadanos inmigrantes en el País Vasco, regulado por el Decreto 200/2002, de 30 de agosto, modificado por el Decreto 213/2004.
Consejo Vasco de Familia, creado por la Ley 13/2008, de 12 de diciembre, de Apoyo a las Familias, y regulado por el Decreto 53/2012, de 17 de abril.
Mesa de Diálogo Civil de Euskadi, creada por el Decreto 283/2012, de 11 de diciembre, por el que se constituye y regula la Mesa del Diálogo Civil.
Consejo Interinstitucional de Atención Temprana, creado por el Decreto 13/2016, de 2 de febrero, de intervención integral en Atención Temprana en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Comisión Técnica Interinstitucional de Atención Temprana, creada por el Decreto 13/2016, de 2 de febrero, de intervención integral en Atención Temprana en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Órgano de colaboración entre el Gobierno Vasco y el Secretariado Judicial, creado por el Decreto 123/1997, de 27 de mayo, por el que se crea el órgano de colaboración entre el Gobierno Vasco y el Secretariado Judicial destinado en Euskadi.
Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita, del Decreto 153/2018, de 30 de octubre, de Asistencia Jurídica Gratuita.
Instituto Vasco de Medicina Legal, creado por el Decreto 328/1998, de 1 de diciembre, por el que se crea el Instituto Vasco de Medicina Legal y regulado por el Decreto 236/2012, de 21 de noviembre, por el que se regula el Instituto Vasco de Medicina Legal.
Comisión Interinstitucional de Cooperación para el Desarrollo, creada por la Ley 1/2007, de 22 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo, y regulada por el Decreto 71/2009, de 24 de marzo.
Consejo Vasco de Cooperación para el Desarrollo, creado por la citada Ley 1/2007, de 22 de febrero, y regulado por el Decreto 158/2008, de 16 de septiembre.
Consejo Vasco de Participación de las Víctimas del Terrorismo, regulado por el Decreto 75/2016, de 17 de mayo, del Consejo Vasco de Participación de las Víctimas del Terrorismo.
Consejo Consultivo del Plan de Paz y Convivencia, regulado por Decreto 157/2014, de 29 de julio.
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 28 de marzo de 2023.
El Lehendakari,
IÑIGO URKULLU RENTERIA.
La Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales,
NEREA MELGOSA VEGA.