Normativa
ImprimirDECRETO 17/2016, de 16 de junio, del Lehendakari, de designación de representantes de los municipios en el Consejo Vasco de Finanzas Públicas.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Decreto
- Órgano emisor: Lehendakaritza
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 129
- Nº orden: 3017
- Nº disposición: 17
- Fecha de disposición: 16/06/2016
- Fecha de publicación: 07/07/2016
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa; Economía y Hacienda
- Submateria: Gobierno y Administración Pública; Economía; Departamentos
Texto legal
El Consejo Vasco de Finanzas Públicas fue creado por la Ley 27/1983, de 25 de noviembre, de Relaciones entre las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los Órganos Forales de sus Territorios Históricos, cuyo artículo 28.2 prevé que dicho Consejo estará integrado por seis miembros, tres designados por el Gobierno y los otros tres por las Diputaciones Forales, a razón de uno por cada una de ellas.
La Disposición Final Primera de la Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi, en su punto 3, ha añadido un apartado 10 al artículo 28 de la Ley 27/1983, de 25 de noviembre, para incorporar al Consejo Vasco de Finanzas Públicas tres representantes de los municipios designados por el Lehendakari, a propuesta de la asociación vasca de municipios de mayor implantación, a razón de uno por cada territorio histórico, determinándose que, en dicha designación, se atenderá preferentemente a criterios territoriales y de género, y a la salvaguarda de la presencia de municipios de diferentes tamaños, de modo que al menos un tercio de los representantes municipales sean electos de municipios con población inferior a 5.000 habitantes.
La Disposición Final Segunda de la mencionada Ley 2/2016, de 7 de abril, establece un plazo de dos meses desde su entrada en vigor, el 15 de abril de 2016, para que la asociación vasca de municipios de mayor implantación lleve a cabo tal propuesta.
Conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Tercera, punto 5 de la Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi, mediante Orden de 26 de mayo de 2016, se ha designado a Euskadiko Udalen Elkartea-Asociación de Municipios Vascos, como la asociación de municipios de mayor implantación en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
En consecuencia, la Comisión Ejecutiva de la Asociación de Municipios Vascos EUDEL ha acordado, en su sesión de 9 de junio de 2016, proponer al Lehendakari, para su designación, a tres representantes de los municipios vascos para formar parte del Consejo Vasco de Finanzas Públicas.
Por todo ello,
Dña. Josune Irabien Marigorta, Alcaldesa de Amurrio, por el Territorio Histórico de Araba/Álava.
D. Imanol Landa Jauregi, Alcalde de Getxo, por el Territorio Histórico de Bizkaia.
D. Eneko Maioz Ganboa, Alcalde de Orexa, por el Territorio Histórico de Gipuzkoa.
El presente Decreto surtirá efectos desde la fecha de su firma.
Publíquese este Decreto en el Boletín Oficial del País Vasco, para general conocimiento.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 16 de junio de 2016.
El Lehendakari,
IÑIGO URKULLU RENTERIA.