Ayuda posdoctoral Janssen, de la Fundación Vasca de Innovación e Investigación Sanitarias, BIOEF

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Descripción


Objeto

El objeto de esta Orden es convocar la ayuda para la contratación de un/a investigador/a doctor/a, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación para el desarrollo de un proyecto de investigación en el área de medicina personalizada de precisión o las terapias avanzadas, perteneciente a un Agente de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, en la categoría de centro de investigación sanitaria ubicado en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

A los efectos de la presente convocatoria, la investigación y desarrollo será considerada como actividad no económica debiendo cumplir los requisitos establecidos por la Comisión Europea en el Marco Comunitario sobre Ayudas Estatales de Investigación y Desarrollo e Innovación (DOUE, C 198, de 27.06.2014), todo ello de conformidad con lo previsto por los apartados 2.3 y 2.4 de esta Orden.

Dotación presupuestaria

150.000 €

Prestación económica

  • 1.- La ayuda estará destinada íntegramente a sufragar los costes de un contrato de trabajo, bajo cualquier modalidad de contratación acorde con la normativa vigente. Mediante la firma del citado contrato, el personal investigador doctor se compromete a llevar a cabo, de manera exclusiva, el proyecto de investigación para el cual se le ha concedido la ayuda mediante Resolución del Viceconsejero de Salud.
  • 2.– Duración: La duración del contrato será de tres años, a computar desde la fecha de inicio de la ayuda.
  • 3.– Dotación: la dotación de la ayuda para el contrato de trabajo será de 50.000€ anuales que cubrirá tanto la retribución bruta anual, como el coste de la seguridad social de la empresa, así como la indemnización fin de contrato en caso de que dicha indemnización estuviera legalmente prevista.
  • 4.– El disfrute de una ayuda al amparo de este programa es incompatible, con carácter gene¬ral, con cualquier otra financiada con fondos públicos o privados, así como con la percepción de cualquier cuantía que tenga naturaleza salarial.
  • 5.– Excepcionalmente, se podrá compatibilizar con tareas docentes, en su misma institución o en otras, por un máximo de 80 horas, a petición propia y con la aprobación de su institución, respetando, en su caso, la normativa vigente de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y siempre que las tareas docentes no desvirtúen la dedicación a la finalidad de la actuación. También se podrá compatibilizar con la realización de servicios correspondientes a guardias de 24 horas o fracciones, siempre que no superen las 96 horas mensuales.

Forma de pago:

  • 1.– El órgano gestor de la ayuda, transferirá de modo inmediato a la entidad beneficiaria la subvención concedida en la primera anualidad de la ayuda. El abono de cada una de las restantes anualidades se hará tras la aprobación por la Dirección competente en materia de investigación sanitaria de la memoria científica junto a la justificación documental de los gastos generados por el proyecto.
  • 2.– Si la entidad beneficiaria constatase que, por causas justificadas, no pudiere culminar el proyecto de investigación financiado, deberá ponerlo inmediatamente en conocimiento del órgano gestor, acompañando informe sobre el estado de desarrollo científico del proyecto y balance económico. El órgano gestor, estudiará el expediente y propondrá al Viceconsejero de Salud, la adopción de la resolución de liquidación de la ayuda que corresponda, concretando las cantidades que, en su caso, proceda devolver.

A quién va dirigido


Podrá ser beneficiaria de la ayuda contemplada en la presente Convocatoria, los Agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, en la categoría de Centro de Investigación Sanitaria ubicados en Euskadi de acuerdo a lo establecido en el Decreto 109/2015, de 23 de junio, por el que se regula y actualiza la composición de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación y a las posteriores actualizaciones, sus disposiciones transitorias, o la normativa que lo sustituya, en la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.

Organismos


Organismo que convoca

  • Salud > Consejero/a de Salud

Organismo que resuelve

  • Salud > Viceconsejería de Salud

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1219901

Solicitud y aportación de documentación


Para solicitar la subvención, hay que presentar el formulario de solicitud, junto con la documentación que se describe en las Instrucciones de aportación de documentación. La continuación de la tramitación se realizará a través de "Mi carpeta".

Pueden presentar solicitudes representantes de entidades con certificado electrónico admitido:

  • a) Si la persona representante se ha identificado con un certificado electrónico de representante de entidad, no debe realizar ninguna gestión para su acreditación.
  • b) Si la persona representante se ha identificado con un certificado de persona física, la representación debe estar acreditada en el registro electrónico de representantes.
  • a. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  • b. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  • c. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
    • 1.- Título de doctor o doctora del candidato o candidata, o justificante de pago de los derechos del mismo, donde figure la fecha de obtención.
    • 2.- Memoria de la propuesta de proyecto de investigación, empleando exclusivamente el modelo normalizado aportado junto con la convocatoria.
    • 3.- Currículum Vitae Normalizado (CVN), generado de forma automática desde el editor CVN (http://cvn.fecyt.es/editor) o desde cualquier institución certificada en la norma CVN de la FECYT que ofrezca el servicio CVN, del jefe o jefa del grupo receptor y del candidato o candidata. Una vez cumplimentados, se adjuntarán a la solicitud a través de la aplicación informática.
    • 4.- Declaración responsable de la entidad solicitante (anexo IV).

Resolución y recursos


Plazo de resolución

6 meses desde el día siguiente de la publicación en el BOPV de la Convocatoria

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificacion


1.- La entidad beneficiaria de la ayuda queda obligada a justificar el destino dado a la ayuda mediante la aportación al órgano gestor de la ayuda, de la siguiente documentación dentro de los tres meses siguientes a la finalización del plazo de ejecución:

  • Una memoria científica, donde se hará una descripción detallada de las actividades realizadas durante el disfrute de la ayuda. Será firmada por el/la investigador/a, el/la jefe/a del grupo receptor, y el/la representante legal de la entidad beneficiaria. El modelo a utilizar se acompaña como anexo II a la presente Orden.
  • Una memoria económica, donde se detalle el coste anual de la persona contratada. Irá acompañada de: copia del contrato laboral y certificados del coste imputado. Será firmada por el o la candidato y el o la representante legal de la entidad beneficiaria.

Mi carpeta

Otros trámites