Convocatoria para la realización de diferentes Proyectos de Innovación en el Centro (Berrikuntza Ikastetxean) durante el curso 2022-2023. (Innovación)

[BERRIKUNTZA]

Descripción


Objeto

Es objeto de la presente Orden conceder subvenciones a los centros privados concertados que imparten cualquiera de los distintos niveles y tipos de enseñanza no universitaria, excepto aquellos que imparten exclusivamente Formación Profesional, que realicen alguno de los siguientes tipos de Proyectos para la Innovación en el Centro (Berrikuntza Ikastetxean) durante el curso 2022-2023:

 Proyectos de Innovación en el Centro, relacionados con las necesidades detectadas por el centro en relación con las siguientes áreas:

  • Área de digitalización
  • Área de desarrollo curricular.
  • Área de Innovación en el ámbito de la convivencia, bienestar emocional y la diversidad.

Dotación presupuestaria

512.000 (euro)

Prestación económica

Dicha dotación queda desglosada del siguiente modo:

  • 102.400,00 euros en Álava
  • 256.000,00 euros en Bizkaia
  • 153.600,00 euros en Gipuzkoa

Forma de pago:

El abono de las subvenciones a los centros beneficiarios se realizará en dos pagos:

a) El primero, por el 70% de la cuantía que corresponda a cada proyecto de participación seleccionado, que se abonará tras la notificación de la resolución de adjudicación y si no mediara renuncia expresa.

b) Un segundo libramiento, que se realizará en el 2023, por el importe resultante de la liquidación efectuada tras la justificación de la subvención concedida.

A quién va dirigido


Centros privados concertados de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Euskadi

Requisitos:

  • Ser un centro docente privado concertado autorizado para impartir cualquiera de los distintos niveles o tipos de enseñanza no universitaria en la Comunidad Autónoma del País Vasco, excepto si imparte exclusivamente Formación Profesional.
  • Que el órgano máximo de representación del centro solicitante conozca el proyecto presentado y lo haya aprobado
  • Para acreditar que el centro educativo está legalmente constituido e inscrito en el registro correspondiente | Estar legalmente constituido y autorizado

  • Tener suficiente poder de representación

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

Requisitos

  • Guía para el envío de solicitudes
  • Cumplimentar los datos del proyecto en la aplicación.
  • No encontrarse el centro en alguna de las situaciones descritas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley General de Subvenciones.
  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

  • No hallarse los centros solicitantes al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, este requisito se exigirá tanto para acceder a la condición de beneficiario como para mantenerse en ella hasta la liquidación de la subvención concedida.

  • No se han obtenido subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes tanto públicos como privados.

Organismos


Organismo que convoca

  • Educación > Consejero/a de Educación

Organismo que resuelve

  • Educación / Viceconsejería de Educación > Dirección de Aprendizaje e Innovación Educativa

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1219601

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La resolución definitiva se publicará en BOPV en el plazo máximo de seis meses a partir de la publicación de la convocatoria, a efectos de publicidad de las subvenciones concedidas.

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Justificación


Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria con anterioridad al 15 de junio de 2023.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites