Ayudas destinadas a la financiación del "Programa de primera experiencia profesional en las administraciones públicas".

[PEX 2022]

Descripción


Objeto

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de las subvenciones del “Programa de primera experiencia profesional en las administraciones públicas”, regulado en la Orden TES/1152/2021, de 24 de octubre, a las administraciones públicas y entidades del sector público institucional, autonómico y local, de la Comunidad Autónoma de Euskadi por la contratación de personas jóvenes desempleadas, proporcionando primeras experiencias en el empleo, así como competencias y habilidades sociales y profesionales en el seno de los servicios prestados por dichas administraciones, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.

Resumen de la convocatoria

Dotación presupuestaria

7.516.326 Euros

Prestación económica

El importe de los recursos económicos se distribuirá en tres líneas:

  1. Un 20%, 1.503.265 euros, para la línea de empleos verdes

  2. Un 20%, 1.503.265 euros, para la línea de empleos en competencias digitales

  3. Un 60%, 4.509.796 euros, para la línea de empleo general

Forma de pago:

Una vez dictada la resolución se procederá al pago anticipado de la totalidad del importe de la subvención. No procederá la constitución de garantías a favor de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

A quién va dirigido


Administraciones públicas

La Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, las Diputaciones Forales, las mancomunidades, las cuadrillas y los municipios de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como los organismos autónomos y demás entidades que integran el sector público institucional autonómico y local y que se encuentren inscritas en el Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local, previsto en el artículo 82 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Requisitos

  • Si se trata de entidades que integran el sector público institucional autonómico y local deben estar inscritas en el Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local, previsto en el artículo 82 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social

  • Hallarse al corriente en el pago de obligaciones de reintegro en materia de subvenciones

  • No estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, o de la Ley Orgánica 3/2007, de 30 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres

  • No estar incursa en ninguna de las restantes circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones

Organismos


Organismo que convoca

  • Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director/a General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo

Organismo que resuelve

  • Lanbide - Servicio Vasco de Empleo / Director/a General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Dirección de Activación Laboral

Organismo financiador/cofinanciador

  • Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)

Información de contacto


Información general: 945 160 601

Correo electrónico: servicio.Fomento@lanbide.eus

Tel: (945 162 324) (945 062 413)

Código

1209801

Solicitud y aportación de documentación


Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

2 meses desde la presentación de la solicitud

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Requisitos de las personas contratadas


Otros trámites