Convocatoria de subvenciones para la realización de la programación formativa para la mejora de las capacidades digitales de las personas desempleadas con objeto de impulsar el emprendimiento y el desarrollo rural, así como reducir la brecha de género, en el ámbito del País Vasco, en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia-financiado por la unión europea Next Generation EU.

[MCD2023]

Descripción


Objeto

La regulación de las ayudas destinadas a financiar la realización de programación formativa dirigida a personas desempleadas, prioritariamente mujeres, orientadas a impulsar el emprendimiento y el desarrollo rural, así como reducir la brecha de género en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en el ámbito del País Vasco.

 

 

Dotación presupuestaria

4.182.884

Prestación económica

El procedimiento de concesión será de concurrencia competitiva en un acto único. Araba/Álava (678.463,79 €), Bizkaia (2.103.572,36 €) y Gipuzkoa (1.400.847,85 €). Esta distribución podrá ser objeto de modificación a los efectos de agotar el crédito presupuestario.

Máximo de 250.000 € por entidad beneficiaria y de seis acciones de la misma especialidad. Las acciones formativas o itinerarios forma tivos que se soliciten han de tener 40 horas de duración.

Con objeto de analizar y evaluar las solicitudes, se creará una comisión evaluadora de carácter técnico.

Valoradas las solicitudes según los criterios previstos en el artículo 8 de la presente convocatoria, la Comisión de Valoración elaborará y elevará a la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo la propuesta de resolución provisional, que será notificada mediante su publicación en la web de Lanbide, concediendo un plazo de 5 días hábiles para que las entidades interesadas puedan formular alegaciones o desistir de todas las acciones provisionalmente aprobadas. La resolución provisional no crea derecho alguno a favor de las entidades propuestas como beneficiarias. Examinadas las alegaciones, la comisión evaluadora elaborará la propuesta de resolución definitiva, que recogerá las acciones formativas aprobadas y su importe, según el orden de prelación. Las entidades dispondrán de un plazo de 5 días para aceptar la subvención por cada acción formativa en el aplicativo LanF, transcurrido dicho plazo se entenderá que renuncian a la misma.

Forma de pago:

  • Se realizará un primer pago del 60% del total de la subvención, una vez comunicado el inicio de la primera acción formativa.
  • Un segundo pago por el resto de la subvención correspondiente al Plan Formativo, a la finalización de todas las acciones formativas.

A quién va dirigido


Centros de formación

Requisitos:

  • Ser Entidad de formación privada o pública acreditada / inscrita en el Registro de Entidades de Formación

Requisitos

  • Disponer de los medios personales y materiales necesarios para llevar a cabo los Planes de Formación por los que solicitan la ayuda o comprometerse a disponer de los mismos tras la adjudicación de la subvención, en el momento de inicio de la actividad formativa.

  • Hallarse al corriente de pago de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

  • Hallarse al corriente en el pago de obligaciones de reintegro en materia de subvenciones

  • No estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, o de la Ley Orgánica 3/2007, de 30 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres.

  • No estar incursa en ninguna de las restantes circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones.

  • Declaración responsable sobre el cumplimiento del principio de ?no causar perjuicio significativo?, modelo anexo IV.

  • Compromiso de concesión de derechos y accesos para garantizar que autoridades europeas y nacionales ejerzan sus competencias de control, según modelo anexo V.

  • Aceptación de cesión y tratamiento de datos entre Administraciones Públicas, según modelo anexo VI.

  • Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión, según el modelo del anexo VII.

Normativa


Organismos


Organismo que convoca

  • Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director/a General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo

Organismo que resuelve

  • Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director/a General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo

Organismo financiador/cofinanciador

  • Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)

Información de contacto


Servicio de Atención a Entidades y Empresas 945 160 601

Código

1209402

Solicitud y aportación de documentación


Documentación a aportar junto con la solicitud:

  1. Declaración responsable del representante legal del centro/entidad sobre la disposición de los medios personales y materiales necesarios para llevar a cabo el Plan de Formación.

  2. Declaración responsable sobre el cumplimiento del principio DNSH – Anexo IV 

  3. Compromiso de concesión de derechos y accesos para garantizar competencias de control – Anexo V

  4. Aceptación de cesión y tratamiento de datos entre Administraciones Públicas – Anexo VI

  5. Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales – Anexo VII.

-Si los hubiera:

  • Copia de reconocimientos o acreditaciones oficiales de calidad.

  • Distintivo de Emakunde de ser entidad colaboradora para la igualdad de Mujeres y Hombres y/o plan de igualdad de género registrado.

  • Certificado normalizado que acredite la experiencia en la impartición de formación profesional para el empleo de otras Comunidades Autónomas o, en su caso, del Servicio Público de Empleo Estatal.

  • En el caso de solicitar la programación de nuevas especialidades formativas,  programa formativo según modelo Anexo VIII.

Las solicitudes se tramitarán de forma electrónica mediante la aplicación informática de formación de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo (LAN-F) y deberán ser firmadas electrónicamente por la persona representante legal de la entidad.

Aquellas entidades que no tengan acceso a esta aplicación podrán solicitarlo a través de la página web de Lanbide www.lanbide.euskadi.eus

Las solicitudes se podrán tramitar electrónicamente a través de un representante, para lo cual la representación podrá inscribirse en el Registro de representantes del Gobierno Vasco, accesible a través de la dirección siguiente: https://www.euskadi.eus/representantes.

Procedimiento de registro de la Entidad o Empresa en el sistema
El usuario o la usuaria accede al sistema activando el botón del "Aplicativo de Formación LAN-F".
Se solicita el registro que conllevará cumplimentar todos los datos en pantalla. Además, se deben adjuntar tres ficheros:

  • Fotocopia NIF del usuario
  • Copia de la tarjeta de identificación fiscal de la empresa
  • Poder de representación o autorización para representar a la empresa

Una vez se haya dado de alta el usuario o usuaria recibirá un correo electrónico con una clave de acceso, que se genera automáticamente, a la dirección de correo indicada anteriormente en el formulario.


Entrada al sistema
El usuario accede al sistema activando el botón del "Aplicativo de Formación LAN-F".
Deberá acceder mediante la introducción del NIF de la Empresa, de un tipo y nº de documento, contraseña.
Una vez en la aplicación, se podrán realizar las solicitudes y actuaciones correspondientes a la gestión de esta ayuda.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

3 meses desde la presentación de la solicitud

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Alta o modificación de datos de tercero en el Registro del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco


Para recibir el pago de las ayudas, la entidad deberá constar en el Registro de Terceros de la Oficina de Control Económico del Departamento de Economía y Hacienda del Gobierno Vasco. En caso de que no lo esté o quiera modificar los datos bancarios existentes en el Registro deberá cumplimentar formulario según modelo establecido en https://www.euskadi.eus/altaterceros/

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites