Ayudas para la contratación de personas jóvenes por entidades locales en el marco del programa FSE Plus del País Vasco 2021-2027. Convocatoria 2024
[GEL-2024]
- Organismo:
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
- Estado:
Descripción
Objeto
El objeto de esta convocatoria es establecer las bases y regular las ayudas a conceder a las Entidades locales municipales de la Comunidad Autónoma de Euskadi por la contratación de personas jóvenes desempleadas inscritas en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo y en el Sistema de Garantía Juvenil, como medida para favorecer su empleabilidad, a través de la adquisición de experiencia profesional.
Dotación presupuestaria
8.000.000 €Prestación económica
Se concederán las subvenciones por orden de presentación de todos los expedientes que cumplan los requisitos y condiciones previstos en la convocatoria hasta el agotamiento de los fondos destinados a su financiación.
Se subvencionará un máximo de 70 contratos por entidad beneficiaria
Forma de pago:
Las subvenciones se abonarán en un único pago previa presentación, en el plazo de 5 días hábiles a contar desde el siguiente al del inicio de la última de las contrataciones subvencionadas, de la siguiente documentación:
- Relación de personas contratadas según modelo normalizado.
- Copia de los contratos de trabajo.
- IDC de cada una de las personas contratadas.
- Acta de selección de las personas contratadas y listado de las personas desempleadas remitido por Lanbide. En el acta de deberá quedar acreditada la participación de al menos una mujer en el proceso o justificación de su imposibilidad.
- Comunicación a la persona contratada de la cofinanciación por el Fondo Social Europeo Plus.
- Declaración relativa a que las contrataciones no incurren en las causas de exclusión previstas en el artículo 3 apartados 2.c) y 3.
- Información desglosada por sexo de las personas desempleadas contratadas y de las personas titulares de las entidades beneficiarias y de su plantilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23.3.d) del Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres.
Se concederán las subvenciones por orden de presentación de todos los expedientes que cumplan los requisitos y condiciones previstos en la convocatoria hasta el agotamiento de los fondos destinados a su financiación.
Se subvencionará un máximo de 70 contratos por entidad beneficiaria
Las subvenciones se abonarán en un único pago previa presentación, en el plazo de 5 días hábiles a contar desde el siguiente al del inicio de la última de las contrataciones subvencionadas, de la siguiente documentación:
- Relación de personas contratadas según modelo normalizado.
- Copia de los contratos de trabajo.
- IDC de cada una de las personas contratadas.
- Acta de selección de las personas contratadas y listado de las personas desempleadas remitido por Lanbide. En el acta de deberá quedar acreditada la participación de al menos una mujer en el proceso o justificación de su imposibilidad.
- Comunicación a la persona contratada de la cofinanciación por el Fondo Social Europeo Plus.
- Declaración relativa a que las contrataciones no incurren en las causas de exclusión previstas en el artículo 3 apartados 2.c) y 3.
- Información desglosada por sexo de las personas desempleadas contratadas y de las personas titulares de las entidades beneficiarias y de su plantilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23.3.d) del Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres.
A quién va dirigido
Mancomunidades, cuadrillas y municipios de la Comunidad Autónoma del País Vasco o agencias de desarrollo local con personalidad jurídica dependientes de los mismos
Requisitos
-
Hallarse al corriente en el pago de obligaciones de reintegro en materia de subvenciones en los términos previstos en el artículo 4 de la Orden de 13 de febrero de 2023, del Consejero de Economía y Hacienda (BOPV de 17 de febrero de 2023).
Declaración responsable en la solicitud.
-
No estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas con inclusión de las que se hayan producido:
- Por incurrir en discriminación por razón de sexo o en discriminación múltiple contemplada en el Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres
- Por imposición de sanción accesoria prevista en los artículos 46.1.b) y 46 bis.1.b) del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000 de 4 de agosto, mediante resolución firme
Declaración responsable en la solicitud.
-
No estar incursa en causa legalmente establecida que le impida el acceso a ayudas o subvenciones, incluidas las previstas en el Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres:
- No tener un plan de igualdad vigente, siendo una empresa obligada a ello según la normativa del Estado
- No haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual, acoso por razón de sexo y las violencias sexuales, en los términos establecidos por la legislación del Estado en materia de igualdad de mujeres y hombres, en el caso de empresas de más de 50 trabajadores
Declaración responsable en la solicitud.
-
No estar incursa en ninguna de las restantes circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones.
Declaración responsable.
-
Hallarse al corriente en el cumplimiento de los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales
Declaración responsable en la solicitud.
-
Requisitos de las personas contratadas
- Ser mayor de 16 años y menor de 30 años.
- Estar inscrita y de alta como demandante de empleo en el servicio público correspondiente y desempleada el día anterior a la fecha de inicio del contrato con un nivel educativo acorde con el puesto de trabajo a desempeñar.
- Estar inscritas en el Fichero del Sistema de Garantía Juvenil y ser beneficiaria de cara a ser seleccionada para una actuación de apoyo a la contratación y al emprendimiento, conforme a lo dispuesto en la Ley 18/2014. al menos desde el día anterior al del inicio del contrato.
- No haber sido contratada por la misma entidad en las convocatorias de ayudas para la contratación de personas jóvenes por entidades locales en el marco del Programa FSE Plus del País Vasco 2021-2027 para el ejercicio 2023 o para acciones locales de promoción de empleo para el ejercicio 2023.
En virtud de lo establecido en la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, Lanbide en el ejercicio de sus competencias, realizará las verificaciones necesarias para comprobar la exactitud de los datos personales declarados en la solicitud y que obren en poder de las Administraciones Públicas
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo / Director/a General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Dirección de Activación Laboral
Organismo que resuelve
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo / Director/a General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Dirección de Activación Laboral
Organismo financiador/cofinanciador
- Fondo Social Europeo (FSE)
Información de contacto
Correo electrónico: tokikolaguntzak@lanbide.eus
Servicio Fomento de Empleo : 945 062 413
Oficina Territorial Alava: 945 062 407
Oficina Territorial Bizkaia: 944 986 065 / 944 986 067
Oficina Territorial Gipuzkoa: 943 596 217
Código
1073707Solicitud y aportación de documentación
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
-
- Deberá incluir información suficiente para la verificación del cumplimiento de los requisitos de la convocatoria, en los términos recogidos en la solicitud. En todo caso, habrá de hacer mención expresa de que se cumple con las previsiones del artículo 3.2 letras a) y b).
-
Hallarse al corriente en el pago de obligaciones de reintegro en materia de subvenciones en los términos previstos en el artículo 4 de la Orden de 13 de febrero de 2023, del Consejero de Economía y Hacienda (BOPV de 17 de febrero de 2023).
Declaración responsable en la solicitud.
-
No estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas con inclusión de las que se hayan producido:
- Por incurrir en discriminación por razón de sexo o en discriminación múltiple contemplada en el Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres
- Por imposición de sanción accesoria prevista en los artículos 46.1.b) y 46 bis.1.b) del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000 de 4 de agosto, mediante resolución firme
Declaración responsable en la solicitud.
-
No estar incursa en causa legalmente establecida que le impida el acceso a ayudas o subvenciones, incluidas las previstas en el Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres:
- No tener un plan de igualdad vigente, siendo una empresa obligada a ello según la normativa del Estado
- No haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual, acoso por razón de sexo y las violencias sexuales, en los términos establecidos por la legislación del Estado en materia de igualdad de mujeres y hombres, en el caso de empresas de más de 50 trabajadores
Declaración responsable en la solicitud.
-
No estar incursa en ninguna de las restantes circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones.
Declaración responsable.
-
Hallarse al corriente en el cumplimiento de los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales
Declaración responsable en la solicitud.
-
Requisitos de las personas contratadas
- Ser mayor de 16 años y menor de 30 años.
- Estar inscrita y de alta como demandante de empleo en el servicio público correspondiente y desempleada el día anterior a la fecha de inicio del contrato con un nivel educativo acorde con el puesto de trabajo a desempeñar.
- Estar inscritas en el Fichero del Sistema de Garantía Juvenil y ser beneficiaria de cara a ser seleccionada para una actuación de apoyo a la contratación y al emprendimiento, conforme a lo dispuesto en la Ley 18/2014. al menos desde el día anterior al del inicio del contrato.
- No haber sido contratada por la misma entidad en las convocatorias de ayudas para la contratación de personas jóvenes por entidades locales en el marco del Programa FSE Plus del País Vasco 2021-2027 para el ejercicio 2023 o para acciones locales de promoción de empleo para el ejercicio 2023.
En virtud de lo establecido en la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, Lanbide en el ejercicio de sus competencias, realizará las verificaciones necesarias para comprobar la exactitud de los datos personales declarados en la solicitud y que obren en poder de las Administraciones Públicas
Resolución y recursos
Plazo de resolución
6 meses desde la presentación de la solicitud
Tipo de concesión de la ayuda
No concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
Dictada resolución
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
Recurso de alzada ante el Director General de lanbide-Servicio Vasco de Empleo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación.
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
- Actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.
¿Ante qué órgano se interpone?
- Ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
- 3 meses, si el acto recurrido es presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 3 meses.
Si en ese plazo la Administración no le notifica la resolución:
- El recurso se entenderá estimado, si el acto recurrido es presunto.
- El recurso se entenderá desestimado, si el acto recurrido es expreso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
- Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
- Recurso extraordinario de revisión, excepcionalmente.
Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"
Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.
Para mas información, consulte:
La aplicación web para la gestión del Registro de Terceros, gestiona los pagos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos Autónomos.
Permite el acceso a dar de alta, modificar y consultar sus datos bancarios, siempre que la entidad financiera esté adherida al sistema.
El sistema de pagos únicamente permite una cuenta bancaria por cada persona física o jurídica.
Comunicación a la persona contratada de la cofinanciación por el Fondo Social Europeo Plus
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Comunicación de la relación de personas trabajadoras contratadas
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Justificación y liquidación final
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.