Ayudas para la realización de proyectos de recuperación de la memoria histórica desarrollados por asociaciones o fundaciones de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el año 2024

[memoriahistorica]

Descripción


Objeto

Es objeto de la presente resolución convocar, para el año 2024, las ayudas destinadas a subvencionar proyectos específicos dirigidos a la recuperación e impulso de la investigación local de la memoria y de la lucha por la democracia y la libertad en Euskadi desde la Guerra Civil durante el período comprendido entre 1936-1977 en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Igualmente, se subvencionarán actuaciones conmemorativas de personas y acontecimientos, así como actuaciones de difusión de la memoria democrática de Euskadi.

Dotación presupuestaria

112.500

Prestación económica

1.– Para la concesión o denegación de subvenciones se seguirá un procedimiento de
concurrencia competitiva en el que se efectuará una evaluación comparativa de las solicitudes
presentadas sobre la base de los siguientes criterios:
- Potencial estratégico del proyecto y su oportunidad o interés social. Hasta 35 puntos. Dentro de
este criterio, se valorarán los siguientes subcriterios:
• Grado de adecuación de la naturaleza del proyecto al objeto de la convocatoria. Se valorará
la claridad en la exposición del proyecto respecto a su naturaleza, metodología y a aspectos
organizativos que permitan determinar si las actividades propuestas responden al objeto de la
subvención. Hasta 15 puntos.
• Tratamiento de temáticas no abordadas hasta el momento, que hayan tenido menor
tratamiento público. Hasta 10 puntos.
• Tratamiento que aporte una visión novedosa o desconocida de la temática abordada. Hasta
10 puntos.
Se valorarán con mayor puntuación los proyectos que aporten información suficiente relativa al
grado de innovación de la propuesta, así como los proyectos que incluyan un enfoque cualitativo.
Para las actuaciones de investigación se citan como ejemplos de innovación a valorar los
siguientes:
– Un enfoque diferente al de la mayoría de las investigaciones que sobre la temática elegida
hayan sido publicadas hasta la fecha.
– Un periodo cronológico o un ámbito geográfico menos abordado.
– Aspectos de una temática no abordados hasta el momento, inclusión de testimonios de
colectivos cuyos testimonios no hayan sido recogidos o lo hayan sido en menor medida, etc.
– Calidad técnica y económica del proyecto. Hasta 30 puntos. Dentro de este criterio, se
valorarán los siguientes subcriterios:
• Entidad solicitante. Hasta 5 puntos. Se valorará la experiencia y solvencia de las entidades
solicitantes en la ejecución de proyectos de naturaleza similar al que hayan propuesto, así como la
experiencia en cualquier otro tipo de actuaciones de recuperación de la memoria democrática.
• Calidad técnica del proyecto presentado. Hasta 15 puntos.
• Medios personales y materiales y que aporta la entidad solicitante para el desarrollo del
proyecto. Hasta 5 puntos.
Se valorará la acreditación documentada en cuanto a la disponibilidad de medios materiales
apropiados para el proyecto a realizar, así como la existencia de medios humanos adecuados al
mismo.
• Otras fuentes de financiación. Hasta 5 puntos. Se valorará la aportación de medios
económicos por parte de la entidad solicitante, propios o provenientes de otras posibles ayudas
concedidas.
- Colaboración entre asociaciones y ayuntamientos. Se valorará aquella experiencia en el
desarrollo de actuaciones realizadas en cooperación con otras entidades. Hasta 5 puntos.
- Medidas adoptadas para la difusión del proyecto y que llegue al mayor número posible de
destinatarios. Hasta 5 puntos.
- Mecanismos de control para evaluación de la consecución de objetivos y la eficiencia del gasto,
valorando con mayor puntuación los proyectos en los que se han descrito correctamente instrumentos
y momentos de evaluación sobre aquellos que contengan descripciones más generales y menos
específicas. Hasta 5 puntos.
- Políticas transversales. Hasta 20 puntos.
• Uso del euskera en el proyecto y creación de materiales en euskera o bilingües. Hasta 10
puntos.
• La inclusión de la perspectiva de género en el proyecto. Hasta 10 puntos.
A estos efectos, se valorará la forma en la que se recoge la perspectiva de género en los
proyectos presentados. Se valorará, asimismo, si existe una representación equilibrada de hombres y
mujeres en la estructura organizativa de las personas jurídicas solicitantes, así como la formación del
personal dedicado al proyecto en materia de igualdad de género.
La puntuación total máxima será de 100 puntos.
2.– La adjudicación de la subvención requerirá que, de acuerdo con los baremos anteriores, la
solicitud supere la puntuación mínima de 40 puntos.
El importe de la subvención que recibirá cada solicitante se determinará en función de la
puntuación obtenida por las solicitudes que cumplan los requisitos exigidos y superen la puntuación
mínima exigida. En caso de que se agote el crédito disponible, se procederá al prorrateo entre las
solicitudes de la totalidad del crédito disponible para esta convocatoria, en función de la puntuación
obtenida por cada una de ellas, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la presente
convocatoria.

Forma de pago:

1.– El abono de la subvención que se concede al amparo de la presente convocatoria, se
efectuará del siguiente modo:
a) Un primer pago por importe equivalente al 60 % de la subvención concedida, tras la aceptación
expresa de ésta o trascurrido el plazo de diez días desde la publicación de la resolución de concesión
sin mediar renuncia expresa de la misma.
b) Un segundo pago, en 2025, por el importe resultante de la liquidación efectuada tras la
justificación del empleo de la subvención concedida, ante el Instituto de la Memoria, la Convivencia y
los Derechos Humanos, en los términos previstos en el artículo siguiente.
2.– Para que pueda materializarse el abono de la subvención concedida, las entidades que
resulten beneficiarias han de estar dadas de alta en el Registro de Terceros del Departamento de
Economía y Hacienda. En caso de no estar registradas o querer modificar los datos bancarios
existentes en el mencionado Registro de Terceros las personas obligadas a la tramitación electrónica
deberán hacerlo electrónicamente a través del servicio correspondiente disponible en la sede
electrónica, cuya dirección es: https://www.euskadi.eus/altaterceros

A quién va dirigido


Asociaciones

Fundaciones

Requisitos

  • Acreditar que la entidad está legalmente constituida y sus objetivos son la recuperación de la memoria histórica y democrática.

  • Acreditar suficiente poder de representación
  • Estar inscrita en el registro correspondiente de la Comunidad Autónoma de Euskadi (Registro de Asociaciones o Registro de Fundaciones).

  • Acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

  • Hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

  • No concurrir en ninguna de las circunstancias previstas en los apartados 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  • No haber recibido ninguna sanción, penal o administrativa, que le imposibilite obtener subvenciones o ayudas públicas.

  • No haber sido sancionadas administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo o por incumplimiento de la normativa en materia de igualdad de mujeres y hombres, durante el período impuesto en la correspondiente sanción, de conformidad con lo establecido en el párrafo 5 del artículo 50 del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda de Euskadi.

  • Comunicar si en los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso se han obtenido ayudas sujetas al régimen de minimis.
  • Comunicar si se está recibiendo alguna ayuda o subvención con esta misma finalidad, concedida por administraciones publicas o entidades privadas.

  • Memoria detallada del proyecto.
  • Presupuesto del proyecto.

Organismos


Organismo que convoca

  • Gogora - Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos > Director/a del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos

Organismo que resuelve

  • Gogora - Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos > Director/a del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos

Información de contacto


Código

1043609

Solicitud y aportación de documentación


  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital (ayuda para digitalizar documentos).
  3. Acceda al siguiente formulario online.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Seis meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria anual.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificación


Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria en los lugares señalados.

  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital.
  3. Acceda a Mi carpeta.

Otros trámites