Premios Elkarlan de proyectos de cogeneración de valor público. Convocatoria 2024

[ELKARLAN]

Descripción


Objeto

Conceder cuatro premios a sendos proyectos que, incidiendo en los ámbitos de actuación: salud; medio ambiente; desarrollo económico; aprendizaje-cultura; cohesión social; y gobernanza-cultura democrática-participación en las decisiones públicas, promuevan de forma innovadora la generación de valor público compartido para la satisfacción de necesidades y retos sociales, siempre que sean capaces de activar procesos de empoderamiento de personas y colectivos en sus fases de diseño e implementación de los mismos.

Así mismo el objeto de los premios lo constituye la formalización de un proceso de transferencia de las buenas prácticas desarrolladas en su proyecto, en cuanto a los modos de activación del empoderamiento de personas y colectivos para participar y generar valor público compartido, a otros agentes. Estas buenas prácticas de participación ciudadana deber ser susceptibles de ser aplicadas a otros ámbitos o espacios territoriales.

Dotación presupuestaria

36.000 (euro)

Prestación económica

Se concederá un premio de 6.000 euros brutos a cada uno de los cuatro proyectos mejor valorados, más 3.000 euros para su aplicación al proceso de transferencia de las buenas prácticas.

Prestación en forma de servicios

Además de la prestación económica, los cuatro proyectos mejor valorados se beneficiarán de:

  • Asesoramiento externo durante el proceso de transferencia a otros agentes para su aplicación en otros ámbitos o espacios territoriales.

  • Difusión del proyecto premiado en los medios de información y comunicación.

A quién va dirigido


Entidades sin ánimo de lucro

Requisitos:

  • Estar legalmente constituida e inscrita en el Registro de Asociaciones / Fundaciones / Cooperativas / ... de la CAPV.

  • Tener suficiente poder de representación

  • Tener domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma del País Vasco

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

Requisitos

  • Hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

  • No estar sancionada, administrativa o penalmente, con la pérdida de la posibilidad de obtener ayudas o subvenciones públicas, ni incursas en alguna prohibición legal que las inhabilite para ello.

  • No hallarse sancionada penal ni administrativamente por incurrir en discriminación por razón de sexo o por incumplimiento de la normativa en materia de igualdad de mujeres y hombres.

  • Tener un plan de igualdad vigente, en el caso de empresas obligadas a tenerlo según la normativa del Estado.

  • Acreditar haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual o acoso por razón de sexo en los términos establecidos por la legislación del Estado, en el caso de empresas de más de 50 personas trabajadoras.

  • No podrán obtener la condición de beneficiaria del premio aquellas personas jurídicas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el artículo 13 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones.

Organismos


Organismo que convoca

  • Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno > Viceconsejería de Relaciones Institucionales

Organismo que resuelve

  • Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno > Viceconsejería de Relaciones Institucionales

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1027610

Solicitud y aportación de documentación


Las entidades candidatas a los premios, podrán presentar cuantos proyectos consideren oportunos en solicitudes diferenciadas, no obstante lo cual optarán a un único premio.

Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

El plazo para resolver y publicar la resolución de la convocatoria será con anterioridad al 16 de diciembre de 2024. Transcurrido dicho plazo sin que haya sido publicada la resolución, se entenderá que la convocatoria ha sido declarada desierta.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Aceptación del premio


Si está conforme con la ayuda concedida, puede aceptarla rellenando el formulario. La Administración proseguirá con los trámites necesarios para el pago.

Las organizaciones premiadas deberán manifestar por escrito y expresamente la aceptación del mismo en el plazo de 3 días hábiles desde la publicación de la resolución de concesión.

De no producirse la aceptación del premio en los términos del párrafo anterior, se entenderá que se renuncia al mismo, en cuyo caso el premio se concederá al candidato que haya presentado el siguiente proyecto mejor valorado.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites