Ayudas destinadas a la contratación de personas jóvenes desempleadas en empresas vascas. Subvención a entidades colaboradoras. Lehen Aukera 2024.

[LAKOF 2024]

Descripción


Objeto

Establecer las bases y regular las ayudas a conceder por la contratación de personas jóvenes, en situación de desempleo y sin previa o con escasa experiencia laboral, en empleos relacionados con su titulación, por las empresas vascas, u otras entidades, como medida para favorecer la mejora de su empleabilidad, a través de la adquisición de experiencia profesional, de la igualdad entre hombres y mujeres y de consolidar su inserción laboral.

Más información (PDF, 796 KB)

Dotación presupuestaria

200.000 €

Prestación económica

Se concederán las subvenciones por orden de presentación de todos los expedientes que cumplan los requisitos y condiciones previstos en la convocatoria hasta el agotamiento de los fondos destinados a su financiación.

Forma de pago:

Las subvenciones se abonarán en un único pago tras la resolución de la subvención.

A quién va dirigido


Entidades colaboradoras de Lanbide

Las entidades que ostenten la condición de colaboradoras de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo para la para la captación, registro y gestión de ofertas de empleo y para las actuaciones de gestión y seguimiento del proceso de transición específicamente vinculados a esta convocatoria.

Puede realizarse la solicitud de reconocimiento de la condición de entidad colaboradora en esta misma ficha, en el trámite correspondiente de la sección "Tramitación".

Requisitos

  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

  • Hallarse al corriente en el pago de obligaciones de reintegro en materia de subvenciones en los términos previstos en el artículo 4 de la Orden de 13 de febrero de 2023, del Consejero de Economía y Hacienda (BOPV de 17 de febrero de 2023).

  • No estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas con inclusión de las que se hayan producido: - Por incurrir en discriminación por razón de sexo o en discriminación múltiple contemplada en el Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres - Por imposición de sanción accesoria prevista en los artículos 46.1.b) y 46 bis.1.b) del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000 de 4 de agosto, mediante resolución firme.

  • No estar incursa en causa legalmente establecida que le impida el acceso a ayudas o subvenciones, incluidas las previstas en el Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, - No tener un plan de igualdad vigente, siendo una empresa obligada a ello según la normativa del Estado. - No haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual, acoso por razón de sexo y las violencias sexuales, en los términos establecidos por la legislación del Estado en materia de igualdad de mujeres y hombres, en el caso de empresas de más de 50 trabajadores

  • No estar incursa en ninguna de las restantes circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones.

  • Para subvenciones de importe superior a 30.000 euros y cuando el solicitante no sea una entidad de derecho público y tenga ánimo de lucro, cumplir, en los términos previstos en el apartado 3 bis del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los plazos de pago establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

Organismos


Organismo que convoca

  • Lanbide - Servicio Vasco de Empleo / Director/a General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Dirección de Activación Laboral

Organismo que resuelve

  • Lanbide - Servicio Vasco de Empleo / Director/a General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Dirección de Activación Laboral

Organismo financiador/cofinanciador

  • Fondo Social Europeo (FSE)

Información de contacto


Información general: 945160601

Correo electrónico: lehenaukera@lanbide.eus

Servicio Fomento de Empleo: 945 181327 / 945 181338

Código

1015915

Solicitud y aportación de documentación


Fecha inicio: 1 de noviembre de 2024

Fecha fin: 15 de noviembre de 2024

Para poder solicitar la subvención a entidades colaboradoras es necesario ser reconocida como tal. La solicitud de reconocimiento de la condición de entidad colaboradora tiene sus propias fechas de presentación y se realiza en el trámite correspondiente de la sección "Tramitación" (menú lateral izquierdo).

Ayudas destinadas a la captación y registro y/o gestión de ofertas de empleo Lehen Aukera, así como a la gestión y seguimiento del proceso de transición.

Descargar el formulario de solicitud, rellenarlo y subirlo, junto con la documentación necesaria, a través de la Sede Electrónica.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

6 meses desde la presentación de la solicitud

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Solicitud de reconocimiento de la condición de entidad colaboradora


Fecha inicio: 29 de diciembre de 2023.

Fecha fin: 31 de julio de 2024.

Autorización Entidad Colaboradora.

Descargar el formulario de solicitud, rellenarlo y subirlo a través de la Sede Electrónica.

En caso de solicitar ser entidad colaboradora únicamente para la gestión y seguimiento del proceso de transición, adjuntar el "Compromiso en materia de protección de datos" firmado.

Cambio de personas autorizadas para acceder a los aplicativos:

En caso de que haya que sustituir a las personas autorizadas para acceder a los aplicativos de Lanbide, la entidad colaboradora deberá rellenar la "Solicitud de autorización de acceso al aplicativo de gestión de oferta de Lanbide para el programa LEHEN AUKERA" o bien la “Solicitud de autorización de acceso al aplicativo de gestión de Lanbide para el programa LEHEN AUKERA: Atención a Jóvenes (Transición del mundo educativo al Laboral)”, en función del tipo de cargo que se ha de sustituir.

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

Otros trámites