Ayudas destinadas a sufragar los gastos de transporte de los estudiantes con especiales dificultades de movilidad (2020-2021).

[GARRAIO EGOKITUA]

Descripción


Objeto

La concesión de ayudas de transporte para sufragar los gastos de traslado a centros docentes de la Comunidad Autónoma del País Vasco de los estudiantes con especiales dificultades de movilidad debido a sus condiciones físicas o psíquicas que durante el año académico 2020-2021 vayan a realizar estudios universitarios, enseñanzas superiores artísticas o estudios superiores artísticos o militares o religiosos, cuando les sea imposible realizar dichos traslados utilizando medios de transporte público colectivo adaptados a sus especiales dificultades o cuando, pudiendo utilizar dichos medios de trasporte público colectivo, necesiten la ayuda de una tercera persona y cumplan los requisitos señalados en el artículo 4.

Dotación presupuestaria

100.000 euros

Prestación económica

Se podrá financiar hasta el 100% del presupuesto que resulte aprobado, con un tope máximo por solicitud de 12.000 euros y hasta el agotamiento del crédito habilitado al efecto.

Forma de pago:

Una vez notificada la resolución de concesión de las becas, éstas serán abonadas con carácter anticipado en un único pago en el plazo de un mes.

A quién va dirigido


Estudiantes de nivel universitario

Estudiantes con especiales dificultades de movilidad debido a sus condiciones físicas o psíquicas que durante el año académico 2020-2021 vayan a realizar estudios universitarios, enseñanzas superiores artísticas o estudios superiores artísticos o militares o religiosos en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Requisitos:

  • Estar empadronado en un municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco a la fecha de presentación de la solicitud, y justificar, al menos un año de empadronamiento en el País Vasco a la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes.
  • Realizar la matrícula y cursar durante el año académico 2020-2021 de forma presencial alguno de los siguientes estudios:

  • Tener certificados por la Unidad de Valoración y Orientación de la correspondiente Diputación Foral, según sea el tipo de cada solicitud,

  • Acreditar mediante informe justificado que los medios de transporte público colectivo disponibles para el traslado o parte del mismo, no son adecuados para las necesidades del solicitante y se requieren medidas especiales de transporte en parte o en todo el recorrido del traslado.
  • No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca. A estos efectos, no obtendrán beca quienes están ya titulados o en condiciones de obtener la titulación de Diplomatura, Ingeniería Técnica o Arquitectura Técnica, ni para cursar estudios de Grado (o de adaptación a Grado).

Requisitos

  • Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, la persona solicitante deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco

  • No hallarse sancionada o sancionado penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa o incurso en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con la inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

  • No percibir beca o ayuda incompatible con la ayuda para el transporte de estudiantes con especiales dificultades de movilidad debidas a sus condiciones físicas o psíquicas.
  • Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes tanto públicos como privados.

Organismos


Organismo que convoca

  • Educación > Consejero/a de Educación

Organismo que resuelve

  • Educación / Viceconsejería de Universidades e Investigación > Dirección de Política y Coordinación Universitaria

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0175507

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Las solicitudes podrán presentarse de forma presencial en las Oficinas de Atención al Ciudadano, Zuzenean, que será exclusivamente con cita previa, que se solicitará a través de la siguiente dirección: https://www.euskadi.eus/cita-previa-zuzenean

También podrán presentarse en cualquiera de las dependencias recogidas en el Decreto 72/2008, de 29 de abril, de creación, organización y funcionamiento de los registros de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos autónomos o en las previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o en cualquier ayuntamiento que tenga suscrito convenio de colaboración para la presentación de escritos dirigidos a la Comunidad Autónoma del País Vasco en Registros Municipales.

  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

El plazo máximo para la resolución y notificación del procedimiento de concesión regulado en esta convocatoria es de seis meses, a partir del día siguiente al de la publicación de la Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Justificación


Antes del mes de agosto de 2021.

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Alta de datos / Tercero interesado
  • Seleccionar este formulario en el caso de pagos nacionales.

  • Seleccionar este formulario en el caso de pagos internacionales.

Otros trámites