Subvenciones para financiar los programas deportivos de las federaciones deportivas vascas correspondientes al año 2021
[Subvenciones federaciones deportivas 2021]
- Organismo:
- Cultura y Política Lingüística
- Estado:
Descripción
Objeto
El Decreto 287/2000, de 26 de diciembre, tiene por objeto regular el régimen de financiación de las federaciones deportivas mediante la concesión de subvenciones no reintegrables para sus programas deportivos anuales (BOPV nº 249, de 30 de diciembre de 2000). El artículo 3 del mencionado Decreto 287/2000 establece que anualmente, mediante Orden de la Consejera de Cultura, actualmente Consejero de Cultura y Política Lingüística se efectuará la correspondiente convocatoria para acogerse a las ayudas reguladas en el citado Decreto, en el que se concretará la dotación presupuestaria, el lugar y los plazos para la presentación de las solicitudes, la documentación que deben aportar las entidades solicitantes de las ayudas, la ponderación de los criterios de cuantificación de las ayudas así como el plazo y la documentación a aportar para la justificación de la ayuda.
Dotación presupuestaria
2.475.000Prestación económica
La Junta Calificadora estudiará las solicitudes recibidas y evaluará cada uno de los aspectos especificados de acuerdo a los siguientes criterios y baremos:
a) Proyecto deportivo (55% de los puntos). Se valorará el interés del proyecto deportivo presentado atendiendo a las siguientes cuestiones:
- Competiciones deportivas oficiales organizadas por la federación.
- Competiciones deportivas oficiales en cuya organización colabore la federación.
- Actividades de formación deportiva realizadas por la federación.
- Actividades de las selecciones deportivas.
- «Diploma a la Gestión Avanzada», del Programa 3K de Euskalit, que reconoce a aquellas organizaciones que reciben el servicio de contraste externo de Euskalit y demuestran su compro¬miso de desarrollar los elementos que componen la Gestión Avanzada, o equivalente.
b) Utilización del euskara (10% de los puntos). Se concede un punto por cada una de las siguientes acciones desarrolladas en su totalidad en euskara y medio punto por cada acción desarrollada parcialmente. Si se consigue el total de los siete puntos se añaden otros tres hasta llegar al máximo de diez.
- Cursos de formación impartidos en euskara.
- Utilización del euskara en los documentos y publicaciones de la federación.
- Página Web en euskara.
- Atención al público en euskara.
- Utilización del euskara en las relaciones externas de la federación.
- Utilización del euskara en las relaciones con los miembros de la federación.
- Utilización del euskara en el paisaje lingüístico de la federación.
c) Nivel de autofinanciación (5% de los puntos) de acuerdo con la siguiente distribución:
- 0,00% - 49,99%: 0 puntos
- 50,00% - 74,99%: 2 puntos
- Más del 75,00%: 5 puntos
d) Número de deportistas de alto nivel, reconocidos por el Consejo Superior de Deportes y/o por el Gobierno Vasco (5% de los puntos) de acuerdo con la siguiente distribución:
- 1 a 3 deportistas: 2 puntos
- 4 a 6 deportistas: 4 puntos
- Más de 6 deportistas: 5 puntos
e) Acciones desarrolladas por la Federación para eliminar desigualdades, fomentar la participación femenina y promover la igualdad entre mujeres y hombres. Composición de la Junta Directiva. (20% de los puntos).
- Composición de la Junta Directiva (Hasta 5 puntos) Si hay más del 50% de mujeres en la Junta Directiva, 3 puntos. Si hay mujeres en los cargos directivos: 1 punto por cargo. No se tendrán en cuenta los cargos que vengan dados por las federaciones territoriales. Se tomarán los datos de las Juntas Directivas tal y como aparecen inscritas en el Registro de Entidades Deportivas.
- Protocolos contra los abusos (5 puntos)
- Acciones de formación en el ámbito de la igualdad (5 puntos)
- Acciones concretas encaminadas a la eliminación de desigualdades. (5 puntos)
- Plan de igualdad (10 puntos)
- Revisión del lenguaje en documentos federativos (reglamentos, estatutos, comunicaciones… etc.) (5 puntos)
- Partida presupuestaria concreta destinada a las acciones para la obtención de la igualdad. (5 puntos)
f) Número de deportistas con licencia federada a fecha de publicación de la convocatoria (5% de los puntos)
Sin perjuicio de los límites establecidos en la presente Orden, las subvenciones previstas en la presente convocatoria son compatibles con aquellas subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos, que, para el mismo fin, pudieran ser otorgadas por cualesquiera administraciones u otra entidad pública o privada, siempre que de ello no se derive sobrefinanciación.
En ningún caso la subvención por beneficiaria podrá superar los 180.000 euros, actuando también como límite máximo de la subvención el importe de la misma solicitado.
Forma de pago:
El abono de la subvención se efectuará del siguiente modo:
– A las federaciones que hubieran obtenido ayuda el año anterior a aquél en el que se solicita la ayuda se les librará de manera anticipada una cantidad equivalente al 50% de aquélla. Aquellas federaciones que no hubieran obtenido ayuda durante el año anterior recibirán de forma anticipada el equivalente al 50% de la ayuda concedida a la federación que menor subvención recibió el año anterior.
– Una vez presentada la justificación de la subvención concedida el año anterior y aprobada la misma, se efectuará un segundo libramiento equivalente al 25 % de la subvención del mencionado año.
– El resto de la subvención, hasta alcanzar el total de la ayuda aprobada para el año para el que se solicita la misma, se liquidará una vez justificadas las cantidades concedidas en los libramientos anticipados.
Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, la entidad soli¬citante deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.
La Junta Calificadora estudiará las solicitudes recibidas y evaluará cada uno de los aspectos especificados de acuerdo a los siguientes criterios y baremos:
a) Proyecto deportivo (55% de los puntos). Se valorará el interés del proyecto deportivo presentado atendiendo a las siguientes cuestiones:
- Competiciones deportivas oficiales organizadas por la federación.
- Competiciones deportivas oficiales en cuya organización colabore la federación.
- Actividades de formación deportiva realizadas por la federación.
- Actividades de las selecciones deportivas.
- «Diploma a la Gestión Avanzada», del Programa 3K de Euskalit, que reconoce a aquellas organizaciones que reciben el servicio de contraste externo de Euskalit y demuestran su compro¬miso de desarrollar los elementos que componen la Gestión Avanzada, o equivalente.
b) Utilización del euskara (10% de los puntos). Se concede un punto por cada una de las siguientes acciones desarrolladas en su totalidad en euskara y medio punto por cada acción desarrollada parcialmente. Si se consigue el total de los siete puntos se añaden otros tres hasta llegar al máximo de diez.
- Cursos de formación impartidos en euskara.
- Utilización del euskara en los documentos y publicaciones de la federación.
- Página Web en euskara.
- Atención al público en euskara.
- Utilización del euskara en las relaciones externas de la federación.
- Utilización del euskara en las relaciones con los miembros de la federación.
- Utilización del euskara en el paisaje lingüístico de la federación.
c) Nivel de autofinanciación (5% de los puntos) de acuerdo con la siguiente distribución:
- 0,00% - 49,99%: 0 puntos
- 50,00% - 74,99%: 2 puntos
- Más del 75,00%: 5 puntos
d) Número de deportistas de alto nivel, reconocidos por el Consejo Superior de Deportes y/o por el Gobierno Vasco (5% de los puntos) de acuerdo con la siguiente distribución:
- 1 a 3 deportistas: 2 puntos
- 4 a 6 deportistas: 4 puntos
- Más de 6 deportistas: 5 puntos
e) Acciones desarrolladas por la Federación para eliminar desigualdades, fomentar la participación femenina y promover la igualdad entre mujeres y hombres. Composición de la Junta Directiva. (20% de los puntos).
- Composición de la Junta Directiva (Hasta 5 puntos) Si hay más del 50% de mujeres en la Junta Directiva, 3 puntos. Si hay mujeres en los cargos directivos: 1 punto por cargo. No se tendrán en cuenta los cargos que vengan dados por las federaciones territoriales. Se tomarán los datos de las Juntas Directivas tal y como aparecen inscritas en el Registro de Entidades Deportivas.
- Protocolos contra los abusos (5 puntos)
- Acciones de formación en el ámbito de la igualdad (5 puntos)
- Acciones concretas encaminadas a la eliminación de desigualdades. (5 puntos)
- Plan de igualdad (10 puntos)
- Revisión del lenguaje en documentos federativos (reglamentos, estatutos, comunicaciones… etc.) (5 puntos)
- Partida presupuestaria concreta destinada a las acciones para la obtención de la igualdad. (5 puntos)
f) Número de deportistas con licencia federada a fecha de publicación de la convocatoria (5% de los puntos)
Sin perjuicio de los límites establecidos en la presente Orden, las subvenciones previstas en la presente convocatoria son compatibles con aquellas subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos, que, para el mismo fin, pudieran ser otorgadas por cualesquiera administraciones u otra entidad pública o privada, siempre que de ello no se derive sobrefinanciación.
En ningún caso la subvención por beneficiaria podrá superar los 180.000 euros, actuando también como límite máximo de la subvención el importe de la misma solicitado.
El abono de la subvención se efectuará del siguiente modo:
– A las federaciones que hubieran obtenido ayuda el año anterior a aquél en el que se solicita la ayuda se les librará de manera anticipada una cantidad equivalente al 50% de aquélla. Aquellas federaciones que no hubieran obtenido ayuda durante el año anterior recibirán de forma anticipada el equivalente al 50% de la ayuda concedida a la federación que menor subvención recibió el año anterior.
– Una vez presentada la justificación de la subvención concedida el año anterior y aprobada la misma, se efectuará un segundo libramiento equivalente al 25 % de la subvención del mencionado año.
– El resto de la subvención, hasta alcanzar el total de la ayuda aprobada para el año para el que se solicita la misma, se liquidará una vez justificadas las cantidades concedidas en los libramientos anticipados.
Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, la entidad soli¬citante deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.
A quién va dirigido
Federaciones deportivas vascas
Requisitos
- Solicitud de subvención
-
Memoria explicativa del proyecto deportivo (Anexo II)
- Competiciones deportivas oficiales organizadas por la Federación. Estimación sobre el número de competiciones por especialidad o disciplina y categoría, indicándose el número de deportistas y de clubes participantes y el porcentaje de clubes participantes en relación con el número total de clubes afiliados a la federación.
- Competiciones en cuya organización colabore la Federación. Estimación sobre el número de competiciones por especialidad o disciplina y categoría, indicándose el número de deportistas y de clubes participantes y el porcentaje de clubes participantes en relación con el número total de clubes afiliados a la federación.
- Actividades de formación deportiva. Relación de las actividades a desarrollar, estimación sobre el número de horas y número de participantes.
- Actividades de las selecciones deportivas.
- «Diploma a la Gestión Avanzada», del Programa 3K de Euskalit, que reconoce a aquellas organizaciones que reciben el servicio de contraste externo de Euskalit y demuestran su compromiso de desarrollar los elementos que componen la Gestión Avanzada, o equivalente.
-
Presupuesto anual de la entidad aprobado por la Asamblea General para el ejercicio 2021, conforme al modelo establecido en el anexo V.
Dicho presupuesto podrá ser presentado por la Junta Directiva u órgano designado por la Asamblea General de forma previa, con el compromiso de ser posteriormente ratificado por dicha Asamblea General.
- Relación de deportistas de alto nivel (reconocidos por el Consejo Superior de Deportes y/o por el Gobierno Vasco) afiliados a la federación a fecha de publicación de la Orden.
-
Memoria explicativa del régimen de utilización del euskara en la federación (Anexo III)
- Cursos de formación impartidos en euskara.
- Utilización del euskara en los documentos y publicaciones de la federación.
- Página Web en euskara.
- Atención al público en euskara.
- Utilización del euskara en las relaciones externas de la federación.
- Utilización del euskara en las relaciones con los miembros de la federación.
- Utilización del euskara en el paisaje lingüístico de la federación.
- Memoria explicativa (Anexo VII) en la que se haga constar las acciones desarrolladas por la federación para eliminar desigualdades, fomentar la participación femenina y promover la igualdad entre mujeres y hombres.
- Número de deportistas con licencia federada a fecha de publicación de la convocatoria (Anexo IV).
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Cultura y Política Lingüística / Consejero/a de Cultura y Política Lingüística > Dirección de Actividad Física y Deporte
Organismo que resuelve
- Cultura y Política Lingüística > Consejero/a de Cultura y Política Lingüística
Solicitud y aportación de documentación
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Solicitud de subvención
- Memoria explicativa del proyecto deportivo (Anexo II)
- Presupuesto anual 2021
- Memoria explicativa del régimen de utilización del euskara en la Federación
- Memoria explicativa (Anexo VII) en la que se haga constar las acciones desarrolladas por la federación para eliminar desigualdades, fomentar la participación femenina y promover la igualdad entre mujeres y hombres.
- Número de deportistas con licencia federada a fecha de publicación de la convocatoria (Anexo IV)
- Solicitud de subvención
-
Memoria explicativa del proyecto deportivo (Anexo II)
- Competiciones deportivas oficiales organizadas por la Federación. Estimación sobre el número de competiciones por especialidad o disciplina y categoría, indicándose el número de deportistas y de clubes participantes y el porcentaje de clubes participantes en relación con el número total de clubes afiliados a la federación.
- Competiciones en cuya organización colabore la Federación. Estimación sobre el número de competiciones por especialidad o disciplina y categoría, indicándose el número de deportistas y de clubes participantes y el porcentaje de clubes participantes en relación con el número total de clubes afiliados a la federación.
- Actividades de formación deportiva. Relación de las actividades a desarrollar, estimación sobre el número de horas y número de participantes.
- Actividades de las selecciones deportivas.
- «Diploma a la Gestión Avanzada», del Programa 3K de Euskalit, que reconoce a aquellas organizaciones que reciben el servicio de contraste externo de Euskalit y demuestran su compromiso de desarrollar los elementos que componen la Gestión Avanzada, o equivalente.
-
Presupuesto anual de la entidad aprobado por la Asamblea General para el ejercicio 2021, conforme al modelo establecido en el anexo V.
Dicho presupuesto podrá ser presentado por la Junta Directiva u órgano designado por la Asamblea General de forma previa, con el compromiso de ser posteriormente ratificado por dicha Asamblea General.
- Relación de deportistas de alto nivel (reconocidos por el Consejo Superior de Deportes y/o por el Gobierno Vasco) afiliados a la federación a fecha de publicación de la Orden.
-
Memoria explicativa del régimen de utilización del euskara en la federación (Anexo III)
- Cursos de formación impartidos en euskara.
- Utilización del euskara en los documentos y publicaciones de la federación.
- Página Web en euskara.
- Atención al público en euskara.
- Utilización del euskara en las relaciones externas de la federación.
- Utilización del euskara en las relaciones con los miembros de la federación.
- Utilización del euskara en el paisaje lingüístico de la federación.
- Memoria explicativa (Anexo VII) en la que se haga constar las acciones desarrolladas por la federación para eliminar desigualdades, fomentar la participación femenina y promover la igualdad entre mujeres y hombres.
- Número de deportistas con licencia federada a fecha de publicación de la convocatoria (Anexo IV).
Para solicitar la ayuda, deberá:
- disponer de un medio de identificación electrónica
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos) y guardarla en el ordenador
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- acceder al servicio electrónico, dónde se mostrarán cuatro pasos:
- cumplimentar la Solicitud
- adjuntar los documentos y formularios preparados
- firmar la solicitud
- enviar la solicitud y la documentación aportada
Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo.
Nota: Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
Aviso: La continuación de la tramitación y el seguimiento del estado del expediente se realizará a través de Mi carpeta.
NOTA: no es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas. La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
La resolución de concesión de las subvenciones previstas en esta convocatoria será dictada y notificada, a la vista de la propuesta elevada por la Junta Calificadora, por el Consejero de Cultura y Política Lingüística en el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha en que surta efectos la presente Orden de convocatoria. Dicha resolución será publicada en el Boletín Oficial del País Vasco.
Tipo de concesión de la ayuda
Concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Para interponer un recurso potestativo de reposición utilizando el canal electrónico, rellene el formulario que encontrará en Mi carpeta.
Es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por él mismo.
Tiene carácter potestativo, lo cual quiere decir que las personas interesadas tienen la alternativa de interponer el recurso de reposición o bien, si lo prefieren, interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Aquellos que pongan fin a la vía administrativa.
¿Ante qué órgano se interpone?
- El mismo que dictó el acto recurrido.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes si el acto recurrido es expreso.
- En cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 1 mes: si en este plazo no se le notifica la resolución, se entiende desestimado el recurso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
En caso de interponer recurso potestativo de reposición, posteriormente cabe interponer recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
No obstante, comoquiera que el recurso de reposición tiene carácter potestativo, las personas interesadas pueden interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
Justificación
Las justificaciones se presentarán por medios electrónicos antes del 28 de febrero de 2022, siguiendo las pautas establecidas en el artículo 5 de la presente Orden y teniendo en cuenta lo establecido para la presentación de justificaciones en el artículo 30 de la Ley General de Subvenciones.
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Liquidación del presupuesto del año 2021 aprobada por la Asamblea General (Anexo VI).
- Una relación detallada de gastos realizados por una cuantía equivalente al importe total de la actividad (Anexo VIII o documento equivalente).
- Memoria del proyecto deportivo ejecutado acompañada de la documentación que acredite el haber desarrollado las actividades contempladas en la solicitud, presentando todos los datos desagregados por sexos.
- Liquidación del presupuesto del año 2021 aprobada por la Asamblea General (Anexo VI).
-
Justificación de gasto mediante la presentación de facturas y justificantes de pago. Los gastos se acreditarán mediante facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, en los términos establecidos reglamentariamente. La acreditación de los gastos también podrá efectuarse mediante facturas electrónicas, siempre que cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario.
Todas las facturas y documentos acreditativos serán subidos al expediente electrónico.
Las facturas presentadas deberán justificar el total de la subvención concedida. - Una relación detallada de gastos realizados por una cuantía equivalente al importe total de la actividad (Anexo VIII o documento equivalente).
- Relación de cualesquiera otras ayudas con destino al mismo objeto, de cuya efectividad no se tuviera conocimiento en el momento de presentación de las solicitudes.
- En caso de aquellas federaciones que hayan acompañado su solicitud con el compromiso de utilizar los dos idiomas oficiales, ejemplares de la documentación generada que acrediten dicho uso.
-
Certificado expedido por el secretario o secretaria y firmado por el presidente o presidenta que incluya la siguiente documentación económica de la federación:
- Balance a 31 de diciembre de 2021
- Tesorería neta a 31 de diciembre de 2021
- Deudas con entidades financieras a 31 de diciembre de 2021
- Cuenta de beneficios/pérdidas de los dos últimos ejercicios.
- Número total de licencias federativas a fecha 31 de diciembre de 2021
Para justificar la ayuda concedida, rellene el formulario y entréguelo junto con la documentación necesaria en Mi carpeta.
Para realizar este trámite es necesario identificarse mediante un certificado electrónico.
Otros trámites
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para aportar documentación, acceda a Mi carpeta (es necesario un medio de identificación electrónica):
Usted puede aportar los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?
En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.
¿Qué sucede con mis derechos?
Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Acceda a Mi carpeta.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Para solicitar la ampliación del plazo en el trámite que tiene que realizar, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Puede solicitar la ampliación del plazo para subsanar o aportar la documentación requerida, siempre y cuando no se trate de un procedimiento de concurrencia competitiva.
Más información: Artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
En el supuesto de que se apreciase la falta de documentos requeridos para la admisión a trámite de la solicitud o defectos formales en aquéllos, así como en el supuesto de que se observaran defectos en la documentación alegada para su valoración, se le requerirá a la entidad interesada para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición o decaída en su derecho al trámite, previa resolución.
Si alguna de las entidades solicitantes presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Acceda a Mi carpeta.
Se pueden modificar los datos de notificación y comunicación, el idioma y el canal de tramitación siempre y cuando el expediente esté abierto.