Becas y ayudas para la formación de profesionales del ámbito sanitario 2024

[becas-formacion]

Descripción


Objeto

Becas y ayudas para financiar actividades formativas en el ámbito de la salud, que se inicien en 2024:

  • Becas y ayudas para la realización de cursos de postgrado impartidos por centros universitarios estatales o Institutos de Salud, dependientes del Ministerio de Sanidad o Escuelas de Salud dependientes de las comunidades autónomas, o cursos que, aun no siendo impartidos por estas entidades, adquieran esa condición a consecuencia de un convenio, y sean generadores de un título de posgrado propio de la universidad, dirigidos a la adquisición de competencias avanzadas en áreas específicas. Se excluyen de esta convocatoria los programas de doctorado y los cursos relacionados con la investigación en las áreas en las que no esté explícitamente recogida.
  • Becas y ayudas para la realización de cursos de postgrado impartidos en centros universitarios extranjeros que vayan dirigidos a la adquisición de competencias avanzadas en áreas específicas. Se excluyen de esta convocatoria los programas de doctorado y los cursos relacionados con la investigación en las áreas en las que no esté explícitamente recogida.
  • Becas y ayudas para estancias formativas en centros sanitarios o de investigación sanitaria extranjeros para realizar programas de formación individualizados dirigidos a aumentar los conocimientos y habilidades en todas las áreas relacionadas con las ciencias de la salud. Se excluyen de esta convocatoria los programas de doctorado.

Dotación presupuestaria

180.000 €

Prestación económica

Límite prestación

Los importes máximos subvencionables son: 

  • a) Gastos de alojamiento en caso de desplazamiento: 1.000 euros mensuales, si el periodo de la actividad es inferior a un mes se ajustará proporcionalmente.
  • b) Tasas académicas: 8.000 euros.
  • c) Gastos de viaje: cantidad abonada por la utilización de cualquier medio de transporte, 2.000 euros.
  • d) Suplemento por acompañamiento: 300 euros mensuales por hija o hijo.
  • e) Gastos de comida (sólo para cursos y estancias formativas en el extranjero): 500 euros mensuales, si el periodo de la actividad es inferior a un mes se ajustará proporcionalmente.
  • f) Total máximo de la beca o ayuda, teniendo en cuenta todos los conceptos anteriormente señalados: 10.000 euros.

Forma de pago:

El 60% de la totalidad de la ayuda se abonará en el momento de la concesión, el 40% restante al finalizar el periodo formativo tras presentar la documentación exigida. La documentación justificativa se presentará en el plazo de un mes desde la finalización del plazo de ejecución de la actividad subvencionada.

A quién va dirigido


Pueden resultar beneficiarias de las becas y ayudas aquellas personas físicas que además de cumplir con los requisitos generales recogidos en el artículo 13 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones, en particular reúnan las siguientes condiciones:

Requisitos:

  • Disponer de título universitario superior o medio.
  • Hallarse empadronadas en municipios de la Comunidad Autónoma de Euskadi desde al menos un año antes a la fecha de presentación de la solicitud de la beca o ayuda.
  • Realizar alguna de las actividades formativas establecidas en el artículo 1.
  • No encontrarse realizando formación bajo el sistema de residencia.

Organismos


Organismo que convoca

  • Salud > Consejero/a de Salud

Organismo que resuelve

  • Salud > Viceconsejería de Salud

Información de contacto


Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias

Servicio de Docencia y Desarrollo Profesional

  • Persona de contacto: Gixane Dañobeitia Olaeta (g-danobeitia@euskadi.eus)
  • Teléfono: 945 019 240

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0086111

Solicitud y aportación de documentación


Antes de comenzar a rellenar el formulario de solicitud es importante que lea atentamente la orden que convoca y regula la concesión de estas ayudas

Para solicitar la subvención hay que presentar el formulario de solicitud junto con la documentación que se describe en las instrucciones y en el apartado DOCUMENTACIÓN. La tramitación telemática se realiza a través de “Mi carpeta”.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Tres meses desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificación


A los efectos de justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos, deberán presentar la documentación que aparece en el desplegable + Documentación, a través del canal telématico en euskadi.eus desde “Mi carpeta”

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites