Subvención para la realización de actividades en el ámbito de la Prevención de Riesgos Laborales en el año 2024, resolución del 19 de diciembre de 2023

[feprl_2023]

Descripción


Objeto

Convocar y regular las subvenciones a conceder por Osalan, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de acciones intersectoriales o sectoriales en el ámbito de la prevención de riesgos laborales, dirigidas a empresas y personas trabajadoras que prestan servicios en centros de trabajo radicados en el País Vasco.

Podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones:

1.  Organizaciones a las que se refiere el art. 12 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

2.  Organizaciones empresariales y sindicales representativas en el ámbito sectorial y territorial correspondiente.

3.  Fundaciones, agrupaciones u otras entidades constituidas por las contempladas en el punto 1 y 2.

Dotación presupuestaria

560.359,33 €

Prestación económica

560.359,33€ del crédito presupuestario del ejercicio 2023.

Las acciones intersectoriales podrán ser subvencionadas con un máximo de hasta 100.000 € por proyecto y las acciones sectoriales hasta 50.000 € por proyecto.

La subvención podrá financiar hasta el 100% de los costes subvencionables de la actividad.

Forma de pago:

El pago se realizará de la siguiente forma:

a) Primer pago: anticipo del 50%, una vez dictada la resolución recogida en el artículo 13.2.

b) Segundo pago: 50% restante. Se abonará una vez concluidas las actividades previstas, previa presentación de la documentación justificativa en el plazo de 15 días tras finalizar la acción solicitada (siempre antes del 1 de diciembre de 2024).

A quién va dirigido


Asociaciones empresariales y sindicales

Requisitos

  • Las entidades beneficiarias deberán estar durante la vigencia de la subvención al corriente o exentos de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

  • Declaración a presentar antes de recibir el pago, relacionada con la Ley de Igualdad entre mujeres y hombres:

  • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

  • Haber adoptado la entidad solicitante una modalidad preventiva de entre las recogidas por el RD 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención y haber realizado la evaluación de riesgos o estar la misma en curso de realización.
  • Acreditar que la entidad está legalmente constituida o inscrita en el registro correspondiente

  • Copia escaneada del documento público o privado con firma notarialmente legitimada para acreditar suficiente poder de representación. Si se identifica con el certificado electrónico de la entidad solicitante, no es necesario entregar dicho documento.
  • Descripción de la actividad solicitada según el modelo del Anexo I.
  • Presupuesto económico de la actividad solicitada, según modelo del Anexo II.

Organismos


Organismo que convoca

  • OSALAN - Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales > Dirección General de OSALAN

Organismo que resuelve

  • OSALAN - Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales > Dirección General de OSALAN

Información de contacto


Datos de contacto

OSALAN - Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales

Teléfono: 944032190

 

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0048508

Solicitud y aportación de documentación


A la solicitud debe acompañar la siguiente documentación:

– Copia auténtica de la escritura fundacional y estatutos de la entidad o, en su caso, certificado del registro oficial.

– Copia escaneada del documento público o privado con firma notarialmente legitimada para acreditar suficiente poder de representación. Si se identifica con un certificado electrónico de la entidad solicitante, no es necesario entregar dicho documento.

 Descripción de la actividad solicitada según el modelo (Anexo I). 

 Presupuesto económico de la actividad solicitada según modelo (Anexo II).

Las actividades subvencionables habrán de desarrollarse entre el día siguiente al de publicación de la resolución en el BOPV y el 30 de noviembre de 2004.

En el Anexo III se recoge un listado orientativo de posibles actividades subvencionables para cada tipo de acción (de información, de asistencia técnica, de formación o de promoción del cumplimiento de la normativa sobre PRL).

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

2 mes desde el día siguiente de la publicación en el BOPV de la Convocatoria

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificación y seguimiento


Seguimiento

El personal de Osalan realizará las actuaciones de seguimiento periódico necesario para garantizar el cumplimiento de lo establecido. Las entidades beneficiarias quedarán obligadas a facilitar la información requerida.

Justificación

Una vez recibida la documentación y comprobada ésta, se realizará un informe técnico por parte del personal de Osalan, en el que se indique si las actuaciones llevadas a cabo por la empresa coinciden con las valoradas previamente. Posteriormente, se procederá a realizar el pago, emitiendo una comunicación e indicando el importe finalmente admitido.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites