Subvención para la promoción de la formación en prevención de riesgos laborales entre los trabajadores y trabajadoras autónomas

[subvencionesautonomos]

Descripción


Objeto

Convocatoria y regulación de las subvenciones a conceder por Osalan - Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales, a las asociaciones profesionales de trabajadores y trabajadoras autónomas y entidades sin ánimo de lucro por sus actuaciones encaminadas a la promoción de la formación en materia de Prevención de Riesgos Laborales entre los trabajadores y las trabajadoras autónomas durante el ejercicio de 2021.

Dotación presupuestaria

40.000 €

Prestación económica

Se destinarán 40.000 euros para la subvención a actividades formativas. Serán consideradas todas las actividades se hallan desarrollado entre el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la presente Resolución y el 30 de noviembre de 2021 y deberán ir dirigidas inequívocamente al fomento de la formación en materia de Prevención de Riesgos Laborales entre los trabajadores y trabajadoras autónomas dadas de alta en el Régimen Especial de Autónomos y cuyo domicilio de actividad profesional este radicado en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Las actividades subvencionables podrán impartirse de forma presencial o mediante sesiones on-line. Las sesiones on-line deberán materializarse en sesiones “en vivo” mediante aplicaciones o sistemas telemáticos que aseguren la asistencia concurrente del alumnado y profesorado en todas las sesiones previstas de la actividad subvencionable (sesiones on-line síncronas). Todas estas actividades deberán materializarse en actividades formativas de, como mínimo, 30 horas lectivas.


El número máximo de alumnos de las sesiones presenciales deberá adecuarse en todo momento a la normativa establecida por las autoridades sanitarias relativas a las medidas para hacer frente a la pandemia de la COVID-19 que se encuentren en vigor en el momento de la realización de la correspondiente actividad formativa.


Los contenidos de las actividades formativas y documentación generada incorporarán la perspectiva de género de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

La cantidad máxima subvencionable para cada actividad se calculará de la siguiente manera:

Para las actividades formativas presenciales

Cantidad (€) = 200 x nº de alumnos y alumnas

Para las actividades formativas desarrolladas en sesiones síncronas online

Cantidad (€) = 150 x nº de alumnos y alumnas

Estas cantidades no podrán ser superiores a 10000 € para las actividades presenciales y de 7500 € para las desarrolladas en sesiones on-line.

Las acciones formativas deberán ser impartidas por personal con formación de nivel superior en prevención de riesgos laborales conforme se recoge en el Capítulo VI del Real Decreto 39/1997 por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

Las acciones formativas deberán ser ofertadas en los dos idiomas oficiales en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

 

Forma de pago:

Se realizará un pago anticipado del 50 % del coste de la actividad formativa seleccionada, una vez cumplimentado el trámite de aceptación de la ayuda, y como financiación necesaria para poder llevar a cabo actuaciones inherentes a la realización de la actividad formativa. Este pago anticipado se materializará en el ejercicio 2021.


Finalizado el plazo para realizar la actividad formativa en las condiciones y forma establecidas en la resolución de concesión, y previo al pago de 50% restante del coste de la actividad formativa aprobada, las entidades beneficiarias deberán aportar la memoria económica y justificación de los gastos realizados, el certificado de aprovechamiento y las encuestas según los formatos de los anexos II y III.


Los gastos previstos en el presupuesto aprobado de la actividad formativa deberán justificarse mediante facturas  y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa que acredite la efectiva realización del gasto reflejado en el presupuesto. Las facturas estarán relacionadas inequívocamente con las actividades subvencionadas y en las mismas deberán aparecer diferenciados y desglosados los distintos conceptos financiables.

 

A quién va dirigido


Asociaciones profesionales de trabajadores y trabajadoras autónomas y entidades sin ánimo de lucro.

Requisitos:

  • Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social

  • Acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Solicitud

Organismos


Organismo que convoca

  • Organismos Autónomos, Entes y Sociedades Públicas > OSALAN - Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales

Organismo que resuelve

  • Organismos Autónomos, Entes y Sociedades Públicas > OSALAN - Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales

Información de contacto


OSALAN - Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales ( días laborables de 08:30 a 13.30)

Teléfono: 944.032.119 - 688671645

E-mail: c-fernandezdiez@euskadi.eus

Para problemas en la tramitación electrónica: Centro de atención a usuarios 945016838

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0048102

Solicitud y aportación de documentación


1.-La ficha informativa del procedimiento administrativo donde están disponibles las instrucciones para la tramitación, las declaraciones responsables y los modelos, y a través de la cual se accede al formulario de solicitud estáaccesible en la dirección:

https://www.euskadi.eus/servicios/0048102.

2.-Los trámites posteriores a la solicitud (acceso, tramitación y seguimiento) se realizarán a través de «Mi carpeta» de la Sede Electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi:

https://www.euskadi.eus/micarpeta.

3.-La solicitud se podrá tramitar también electrónicamente a través de un representante, para lo cual la representación podrá inscribirse en el registro electrónico de apoderamientos de la administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, accesible a través de la siguiente dirección:

https://www.euskadi.eus/representantes

Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Seis meses desde el día siguiente a la publicación en el BOPV de la Resolución

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Justificación


Una vez finalizada la actividad formativa solicitada y para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y presentar la siguiente documentación:

- Memoria económica y facturas justificativas

- Certificado de aprovechamiento

- Encuestas

 

 

  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital.
  3. Acceda a Mi carpeta.

Subsanación


La notificación de subsanación de deficiencias se efectuará electrónicamente. Las notificaciones deberán consultarse en el apartado de «Mi carpeta» (https://www.euskadi.eus/micarpeta) en la Sede Electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi (https://www.euskadi.eus/sede). Dicha notificación se entenderá practicada en el momento que la persona interesada firme electrónicamente la recepción de la misma. Cuando transcurran 10 días desde el envío de la notificación sin acceder a su contenido, se entenderá que la notificación ha sido rechazada y se tendrá por efectuado el trámite siguiéndose el procedimiento, salvo que de oficio o a instancia de la entidad destinataria se compruebe la imposibilidad técnica o material del acceso.

  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital.
  3. Acceda a Mi carpeta.

Otros trámites