Departamento de Salud / Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico

Normativa

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RESOLUCIÓN del 6 de febrero de 2013, del Viceconsejero de Política Lingüística, por la que se procede al nombramiento de las personas que, superando las pruebas, han obtenido la habilitación profesional para trabajar como traductor jurado o traductora jurada del euskera al inglés y del inglés al euskera.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Educación, Política Lingüística y Cultura
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 40
  • Nº orden: 1064
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 06/02/2013
  • Fecha de publicación: 26/02/2013

Ámbito temático

  • Materia: Cultura y deporte; Organización administrativa; Actividades Económicas; Educación
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Información y comunicaciones; Función pública

Texto legal

Mediante el Decreto 88/2009, de 21 de abril, de la consejera de Cultura, se reguló la habilitación profesional para trabajar como traductor e intérprete jurado o traductora e intérprete jurada.

Por otra parte, el 12 de septiembre de 2012 se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco la Resolución del 2 de agosto de 2012, de la Viceconsejera de Política Lingüística y de la Directora General del Instituto Vasco de Administración Pública por la que se convocaban las pruebas de habilitación de traductores e intérpretes jurados del euskera al inglés y del inglés al euskera. En el Anexo I de dicha resolución se regulaban las bases de la convocatoria de las pruebas de habilitación de traductores y traductoras e intérpretes jurados del euskera al inglés y del inglés al euskera.

De acuerdo con todo ello

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