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RESOLUCIÓN de 3 de julio de 2015, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se declara la pérdida de vigencia del reconocimiento como Entidad Colaboradora para la Igualdad de Mujeres y Hombres otorgado a Policlínica Gipuzkoa, S.A.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Instituto Vasco de la Mujer; Lehendakaritza
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 160
  • Nº orden: 3613
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 03/07/2015
  • Fecha de publicación: 25/08/2015

Ámbito temático

  • Materia: Asuntos sociales y empleo; Organización administrativa; Educación
  • Submateria: Asuntos sociales; Gobierno y Administración Pública

Texto legal

Mediante Decreto 11/2014, de 11 de febrero, se reguló el reconocimiento «Entidad Colaboradora para la Igualdad de Mujeres y Hombres», con el fin de promocionar las condiciones que faciliten la igualdad de mujeres y hombres y la remoción de obstáculos que impidan dicha igualdad, incentivando las iniciativas que puedan surgir en el ámbito socio-laboral a favor de la igualdad de oportunidades e igualdad de trato de mujeres y hombres.

A la vista del escrito presentada por la entidad Policlínica Gipuzkoa, S.A., comunicando su voluntad de no solicitar el reconocimiento de acuerdo con el nuevo Decreto 11/2014, de la valoración realizada y analizada la disposición transitoria primera del Decreto 11/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el reconocimiento «Entidad Colaboradora para la Igualdad de Mujeres y Hombres,

Declarar la pérdida de vigencia del reconocimiento como Entidad Colaboradora para la Igualdad de Mujeres y Hombres otorgado a la entidad Policlínica Gipuzkoa, S.A., por cuanto no ha solicitado el nuevo reconocimiento a la luz de lo dispuesto en la disposición transitoria primera del Decreto 11/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el reconocimiento «Entidad Colaboradora para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente en el plazo a partir del día siguiente a su publicación en el mismo Boletín.

La presente Resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 3 de julio de 2015.

La Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer,

MIREN IZASKUN LANDAIDA LARIZGOITIA.

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