Normativa
ImprimirRESOLUCIÓN 75/2021, de 21 de diciembre, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2021 de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos y la de la Administración Educativa de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y se incorpora al Programa Berpiztu para la reactivación económica y el empleo de Euskadi 2020-2024, las plazas para el ingreso en la categoría de Agente de la Escala Básica de la Ertzaintza y para el acceso a la condición de personal estatutario fijo de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Resolución
- Órgano emisor: Gobernanza Pública y Autogobierno
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 258
- Nº orden: 6408
- Nº disposición: 75
- Fecha de disposición: 21/12/2021
- Fecha de publicación: 28/12/2021
Ámbito temático
- Materia: Seguridad y justicia; Organización administrativa
- Submateria: Interior; Función pública
Texto legal
Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 21 de diciembre de 2021, el Acuerdo por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2021 de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos y la de la Administración Educativa de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y se incorpora al Programa Berpiztu para la reactivación económica y el empleo de Euskadi 2020-2024, las plazas para el ingreso en la categoría de Agente de la Escala Básica de la Ertzaintza y para el acceso a la condición de personal estatutario fijo de Osakidetza-Servicio vasco de salud, y a los efectos de darle la publicidad debida,
En Vitoria-Gasteiz, a 21 de diciembre de 2021.
El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento,
JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA.
El artículo 23.1 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca en su redacción dada por la Ley 16/1997, de 7 de noviembre, de modificación de la misma establece que «las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que no puedan ser cubiertas con los efectivos de personal existentes en cada Administración Pública serán objeto de oferta de empleo público».
El artículo 70.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece «que las necesidades de personal, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de empleo público o a través de otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal, lo que comportará la obligación de convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas».
En cumplimiento de los citados preceptos mediante el presente Acuerdo se aprueba la oferta de empleo público de la Administración General y sus Organismos Autónomos y la de la Administración Educativa de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en la que se comprenden las vacantes existentes, dotadas presupuestariamente, cuya provisión se considera inaplazable para el buen funcionamiento de los servicios públicos a los cuales están adscritas.
El total de plazas ofertadas correspondientes a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos asciende a 435.
Del total de plazas ofertadas, se reservará un cupo del siete por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas, de modo que progresivamente se alcance el dos por ciento de los efectivos totales en cada Administración Pública. La distribución de la reserva de plazas para personas con discapacidad, así como su número se realizará en las correspondientes convocatorias de los procesos selectivos.
En relación a la Administración Educativa se aprueba una oferta de empleo público para diversos Cuerpos docentes que asciende a 1.216 plazas, así como para diversas categorías laborales para las que se comprometen 640 plazas.
La ejecución de la oferta de empleo público y las correspondientes convocatorias se desarrollarán en el plazo establecido en el citado artículo 70.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Por otra parte, el Consejero de Seguridad informa al Consejo de Gobierno de la propuesta de convocatoria para el ingreso en la categoría de agente de la escala básica de la Ertzaintza que asciende a un total de 424 plazas.
Asimismo, la Consejera de Salud informa al Consejo de Gobierno de las plazas que el Consejo de Administración de Osakidetza procederá a incluir en su Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio 2021. Dicha oferta de Empleo Público comprenderá un total de 1.273 plazas de diversas categorías profesionales.
Las propuestas anteriores tienen por objeto dar cumplimiento a las políticas de estabilización de empleo del Gobierno Vasco y se incorporan, como plazas de empleo público, al Programa Berpiztu para la reactivación económica y el empleo de Euskadi 2020-2024, un total de 3.988 plazas.
A propuesta de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, de conformidad con el artículo 18 l) de la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno, el Consejo de Gobierno adopta el siguiente
Personal funcionario. Turno libre.
Subgrupo A1.
Cuerpo Superior Facultativo.
Escala de Estadística y Análisis de Datos: 20.
Escala de Normalización Lingüística: 17.
Escala de Traducción: 11.
Subgrupo A2.
Cuerpo Técnico.
Escala de Edificación, Urbanismo y Ordenación del Territorio: 19.
Escala de Enfermería: 8.
Escala de Normalización Lingüística: 13.
Escala de Estadística y Análisis de Datos: 4.
Subgrupo C1.
Cuerpo Administrativo: 116.
Subgrupo C2.
Cuerpo Auxiliar de Administración: 162.
Grupo E.
Agrupación Profesional de Personal de Apoyo: 57.
Personal laboral.
Educadores del Centro Educativo Ibaiondo: 8.
Personal funcionario.
Cuerpo de Profesores y Profesoras de Enseñanza Secundaria: 953.
Cuerpo de Profesores Técnicos y Profesoras Técnicas de Formación Profesional:122.
Cuerpo de Inspectores e Inspectoras de Educación: 26.
Cuerpo de Profesores y Profesoras de Artes Plásticas y Diseño: 23.
Cuerpo de Maestros y Maestras: 92.
Personal laboral.
Especialistas de Apoyo Educativo: 178.
Fisioterapeutas: 4.
Terapeutas Ocupacionales: 5.
Intérpretes de Lengua de Signos: 10.
Transcriptores Adaptadores y Transcriptoras Adaptadoras de Material: 3.
Cocina: 256.
Limpieza: 184.
Categoría de Agente de la Escala Básica: 424.
Personal estatutario fijo. Turno libre: 1.273.
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Historia normativa (3)
- Véase: ORDEN de 22 de septiembre de 2022, del Consejero de Educación, por la que se convoca proceso excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración en los Cuerpos de Profesores y Profesoras de Enseñanza Secundaria, de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Música y Artes Escénicas, de Artes Plásticas y Diseño, de Maestras y Maestros y en el Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos y Profesoras Técnicas de Formación Profesional de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Véase: ORDEN de 8 de septiembre de 2022, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se convocan procesos especiales de consolidación de empleo y procesos excepcionales de consolidación de empleo en puestos reservados a personal laboral del Convenio de Colectivos laborales al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Véase: ORDEN de 8 de septiembre de 2022, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se convocan procesos especiales de consolidación de empleo y procesos excepcionales de consolidación de empleo en Cuerpos y Escalas de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.