Departamento de Salud / Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico

Normativa

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RESOLUCIÓN 69/2022, de 28 de julio, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de corrección de errores del Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 24 de mayo de 2022, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público, para el año 2022, de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, de la Administración Educativa de la Comunidad Autónoma de Euskadi y de los servicios auxiliares de la Administración de Seguridad de la Comunidad Autónoma de Euskadi y se incorporan al Programa Berpiztu para la reactivación económica y el empleo de Euskadi 2020-2024 las plazas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Gobernanza Pública y Autogobierno
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 152
  • Nº orden: 3556
  • Nº disposición: 69
  • Fecha de disposición: 28/07/2022
  • Fecha de publicación: 09/08/2022

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa
  • Submateria: Función pública

Texto legal

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Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 19 de julio de 2022, el Acuerdo de corrección de errores del Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 24 de mayo de 2022, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público, para el año 2022, de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, de la Administración Educativa de la Comunidad Autónoma de Euskadi y de los servicios auxiliares de la Administración de Seguridad de la Comunidad Autónoma de Euskadi y se incorporan al Programa Berpiztu para la reactivación económica y el empleo de Euskadi 2020-2024 las plazas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo de Osakidetza-Servicio vasco de salud, y a los efectos de darle la publicidad debida,

Mediante Resolución de 53/2022, de 24 de mayo, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, se dispone la publicación del Acuerdo por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público, para el año 2022, de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, de la Administración Educativa de la Comunidad Autónoma de Euskadi y de los servicios auxiliares de la Administración de Seguridad de la Comunidad Autónoma de Euskadi y se incorporan al Programa Berpiztu para la reactivación económica y el empleo de Euskadi 2020-2024 las plazas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo de Osakidetza-Servicio vasco de salud (Boletín Oficial del País Vasco n.º 103, de 30 de mayo de 2022)

El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las Administraciones Públicas podrán rectificaren cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos.

Advertidos errores materiales en el Acuerdo de Consejo de Gobierno por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público, para el año 2022, de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, de la Administración Educativa de la Comunidad Autónoma de Euskadi y de los servicios auxiliares de la Administración de Seguridad de la Comunidad Autónoma de Euskadi y se incorporan al Programa Berpiztu para la reactivación económica y el empleo de Euskadi 2020-2024 las plazas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo de Osakidetza-Servicio vasco de salud, publicado mediante Resolución de 53/2022, de 24 de mayo, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, debe procederse a su corrección en euskera y castellano.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, de conformidad con el artículo 18 l) de la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno, el Consejo de Gobierno adopta el siguiente

  1. Personal funcionario. Turno libre.

    GRUPO A.

    SUBGRUPO A1.

    Cuerpo Superior Facultativo.

    En la página 2022/2319 (4/9),

    donde dice:

    Escala Industrial 45

    debe decir:

    Escala Industrial 41

    SUGRUPO A2

    Cuerpo Técnico.

    En la página 2022/2319 (5/9),

    donde dice:

    Escala Industrial 3

    debe decir:

    Escala Industrial 7

    SUGRUPO A2.

    Cuerpo Técnico.

    En la página 2022/2319 (5/9),

    debe suprimirse:

    Escala Edificación, Urbanismo y Ordenación del Territorio 2

  1. Personal funcionario. Turno libre.

    En la página 2022/2319 (7/9),

    donde dice:

    Cuerpo de Profesores y Profesoras Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional 1181

    debe decir:

    Cuerpo de Profesores y Profesoras Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional 181

En Vitoria-Gasteiz, a 28 de julio de 2022.

La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno.

OLATZ GARAMENDI LANDA.