Normativa
ImprimirRESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2021, de la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se hace público el agotamiento del crédito presupuestario, correspondiente al ejercicio 2021, destinado a la financiación de las ayudas a la inversión generadora de empleo estable para personas con discapacidad en los centros especiales de empleo, reguladas en el Decreto 168/2019, de 29 de octubre, por el que se regulan los programas y servicios relacionados con la empleabilidad de las personas con discapacidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi y el Registro Vasco de centros especiales de empleo.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Resolución
- Órgano emisor: Lanbide-Servicio Vasco de Empleo; Trabajo y Empleo
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 1
- Nº orden: 3
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 03/12/2021
- Fecha de publicación: 03/01/2022
Ámbito temático
- Materia: Asuntos sociales y empleo; Economía y Hacienda; Organización administrativa
- Submateria: Asuntos sociales; Hacienda; Trabajo y empleo; Gobierno y Administración Pública
Texto legal
Mediante Resolución de 16 de junio de 2021, de la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, se publicó la convocatoria para el año 2021 de las ayudas a la inversión generadora de empleo estable en los centros especiales de empleo, previstas en el Decreto 168/2019, de 29 de octubre, por el que se regulan los programas y servicios relacionados con la empleabilidad de las personas con discapacidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi y el Registro Vasco de centros especiales de empleo.
El artículo 47.1 del mencionado Decreto dispone que las solicitudes serán estudiadas por orden de presentación y que las ayudas se concederán en el mismo orden a aquellas que cumplan los requisitos y condiciones previstos en la convocatoria. El citado artículo establece, asimismo, que una vez agotada la dotación presupuestaria se procederá a la publicación de esta circunstancia en el BOPV mediante resolución de la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo y se denegarán las subvenciones a las solicitudes pendientes.
El artículo 2.2 de la convocatoria de ayudas para el año 2021, a la inversión generadora de empleo estable para personas con discapacidad en los centros especiales de empleo, establece que el volumen total de las ayudas a conceder no superará cantidad presupuestada o la que resulte de su incremento, en el supuesto de que se aprueben modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente, circunstancia a la que se dará la oportuna publicidad mediante Resolución de la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
De la misma forma, en el artículo 2.1 se da a conocer el importe total del crédito asignado a esta convocatoria para el año 2021.
Una vez agotados los recursos económicos destinados a las ayudas a la inversión generadora de empleo estable para personas con discapacidad en los centros especiales de empleo,
En Vitoria-Gasteiz, a 3 de diciembre de 2021.
La Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo,
MARÍA GLORIA MÚGICA CONDE.