Normativa
ImprimirRESOLUCIÓN de 20 de diciembre de 2018, del Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria, por la que se convocan para el año 2019 exámenes de aptitud para cazar.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Resolución
- Órgano emisor: Desarrollo Económico e Infraestructuras
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 4
- Nº orden: 72
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 20/12/2018
- Fecha de publicación: 07/01/2019
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa; Medio natural y vivienda
- Submateria: Gobierno y Administración Pública; Agricultura y pesca
Texto legal
-
- RESUELVO :
- Primero Convocar para el año 2019 exámenes de aptitud para cazar en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Segundo Las solicitudes se formalizarán on-line, a través de Internet, siguiendo estos pasos:
- Tercero El plazo de presentación de solicitudes para la prueba de febrero comenzará el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y terminará el día 25 de enero de 2019, ambos inclusive; y para la prueba de junio comenzará el día 22 de abril y terminará el 24 de mayo de 2019, ambos inclusive.
- Cuarto El examen consistirá en contestar un cuestionario de 31 preguntas tipo test, más tres de reserva para el caso de que alguna fuera anulada. Para superarlo se exigirá el acierto de al menos 24 preguntas. El tiempo máximo para realizar el examen será de 50 minutos. El temario del examen será el del Anexo II del Decreto 160/2014, de 29 de julio, de la licencia de caza y el examen de aptitud para cazar.
- Quinto El lugar, fecha y hora de celebración de las pruebas será el siguiente:
- Sexto Los tribunales encargados de juzgar las pruebas, de los que se constituirá uno por cada Territorio Histórico para la prueba de febrero, y solamente el de Gipuzkoa para la prueba de junio, tendrán la siguiente composición:
- Séptimo La tasa a abonar para realizar el examen será de 10,89 euros.
- Octavo El proceso de resolución será el siguiente:
- Noveno Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados e interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, en el plazo de 1 mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
- RESUELVO :
En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 160/2014, de 29 de julio, de la licencia de caza y el examen de aptitud para cazar,
Acceder a la página web del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, accediendo a la sección de la solicitud o directamente en la dirección: http://www.nasdap.net/solexamcaza
Rellenar el formulario de solicitud correspondiente.
Abonar la tasa correspondiente al examen; no se tendrá por inscritas a las personas que no hayan abonado la tasa antes del final del plazo de inscripción.
Prueba de febrero:
(Véase el .PDF)
Prueba de junio:
Día: 15 de junio de 2019.
Hora: 10:00 h.
Lugar: Facultad de Economía y Empresa (Campus de Gipuzkoa)
Plaza de Oñati, n.º 1.
Donostia- San Sebastián.
Territorio Histórico de Álava:
Presidente Titular: Carlos Marín Ruiz, jefe de la Sección de Caza y Pesca del Servicio de Montes del Departamento de Agricultura de la Diputación de Álava.
Presidente Suplente: Ainhoa Ubillos Mendiluce, técnica de la Sección de Caza y Pesca del Servicio de Montes del Departamento de Agricultura de la Diputación de Álava.
Vocal Titular: Jorge Velasco Mora, Presidente de la Federación Territorial de Caza de Álava.
Vocal Suplente: Rafael Ángel González Bartolomé, secretario de la Federación Territorial de Caza de Álava.
Secretaria Titular: Emérita López de Alda Gil, jefa del Servicio de Secretaría técnica del Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Álava.
Secretario Suplente: Joseba Amurrio Urraca, jefe de la Sección de Gestión Administrativa del Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Álava.
Territorio Histórico de Bizkaia:
Presidente Titular: Javier Monge Gómez, jefe de la Sección de Caza y Pesca continental del Departamento de Sostenibilidad y Medio Natural de la Diputación Foral de Bizkaia.
Presidente Suplente: Alaitz Ibáñez Arias, técnica del Servicio de Fauna Cinegética y Pesca del Departamento de Sostenibilidad y Medio Natural de la Diputación Foral de Bizkaia.
Vocal Titular: Francisco Javier Barona González, Presidente de la Federación Territorial de Caza de Bizkaia.
Vocal Suplente: Iñaki Barbero Osa, vocal de la Federación Territorial de Caza de Bizkaia.
Secretaria Titular: Maria González Bordagarai, jefa de la Sección de Información y Asesoría del Departamento de Sostenibilidad y Medio Natural de la Diputación Foral de Bizkaia.
Secretario Suplente: Itziar Mateos Olabarrieta, técnica de Administración General del Departamento de Sostenibilidad y Medio Natural de la Diputación Foral de Bizkaia.
Territorio Histórico de Gipuzkoa:
Presidente Titular: Iñigo Mendiola Gómez, jefe del Servicio de Fauna y Flora Silvestre del Departamento de Promoción Económica, Medio Rural y Equilibrio Territorial de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
Presidente Suplente: Ion Iñaki Zulaika Isasti, responsable de Flora Protegida del Servicio de Fauna y Flora Silvestre del Departamento de Promoción Económica, Medio Rural y Equilibrio Territorial de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
Vocal Titular: Joxe Angel Zaldua Iparragirre, Presidente de la Federación Territorial de Caza de Gipuzkoa.
Vocal Suplente: Ramón García Carbonell, Vicepresidente de la Federación Territorial de Caza de Gipuzkoa.
Secretario Titular: Alfonso Akarreta Rodríguez, secretario técnico del Departamento de Promoción Económica, Medio Rural y Equilibrio Territorial de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
Secretaria Suplente: Ainhoa Insausti Echeverria, técnico de Administración General del Departamento de Promoción Económica, Medio Rural y Equilibrio Territorial de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
Los tribunales remitirán a la Dirección de Agricultura y Ganadería del Gobierno Vasco, en el plazo máximo de siete días naturales desde la fecha de celebración del examen, su propuesta de personas que han superado el examen y de quienes no lo han superado.
Conforme a dicha propuesta, la Directora de Agricultura y Ganadería hará público el listado provisional en un plazo máximo de una semana desde su recepción. Ese listado provisional se publicará en las páginas web de las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, así como en la del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras del Gobierno Vasco.
Las personas interesadas podrán impugnar la validez de determinadas preguntas de la prueba, en el plazo de tres días naturales desde la realización de la prueba.
Dichas impugnaciones se resolverán en un plazo de tres días naturales desde su recepción, tras lo cual la Directora de Agricultura y Ganadería ordenará publicar el listado definitivo en el plazo de siete días naturales.
Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco, y las personas interesadas podrán interponer contra ella recurso de alzada, ante el Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria, a partir del día siguiente al de la publicación. Las relaciones de aspirantes que superen la prueba serán expuestas públicamente en las páginas web de las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, así como en la del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras del Gobierno Vasco.
Vitoria-Gasteiz, a 20 de diciembre de 2018.
El Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria,
BITTOR OROZ IZAGIRRE.
Contenidos relacionados.
Historia normativa (3)
- Véase: RESOLUCIÓN de 5 de julio de 2019, del Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria, por la que se aprueba la relación definitiva de aspirantes aprobados de la convocatoria de junio de 2019 de pruebas de acreditación de la aptitud para el ejercicio de la caza.
- Véase: RESOLUCIÓN de 13 de marzo de 2019, del Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria, por la que se aprueba la relación definitiva de aspirantes aprobados de la convocatoria de febrero de 2019, de pruebas de acreditación de la aptitud para el ejercicio de la caza.
- Véase: DECRETO 160/2014, de 29 de julio, de la licencia de caza y el examen de aptitud para cazar.