Normativa

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RESOLUCIÓN de 12 de diciembre de 2023, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, de corrección de errores de la Resolución de 22 de junio de 2022, de la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación de la convocatoria de subvenciones para financiar la oferta formativa 2022-2024, dirigida prioritariamente a las personas trabajadoras desempleadas, en el marco del Decreto 82/2016, de 31 de mayo, por el que se ordena la Formación Profesional para el Empleo en Euskadi.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Lanbide-Servicio Vasco de Empleo; Trabajo y Empleo
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 4
  • Nº orden: 60
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 12/12/2023
  • Fecha de publicación: 05/01/2024

Ámbito temático

  • Materia: Asuntos sociales y empleo; Organización administrativa; Educación
  • Submateria: Trabajo y empleo; Gobierno y Administración Pública

Texto legal

El artículo 18.2.c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango.

Advertidos errores de dicha índole en la Resolución de 22 de junio de 2022 de la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por la que se procede a la publicación de la convocatoria de subvenciones para financiar la oferta formativa 2022-2024 dirigida prioritariamente a las personas trabajadoras desempleadas, en el marco del Decreto 82/2016, de 31 de mayo, por el que se ordena la Formación Profesional para el Empleo en Euskadi, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 127, de 1 de julio de 2022, se procede a su corrección:

En la página 2022/3017 (4/75), en el artículo 1.4 en su versión en castellano, donde dice:

  1. Las subvenciones objeto de esta convocatoria podrán estar, en su totalidad o en parte, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en el marco del Programa FSE+ País Vasco, 2021-2027.

Debe decir:

  1. Las subvenciones objeto de esta convocatoria podrán estar, en su totalidad o en parte, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil, 2014-2020 y/o en el Programa Operativo FSE País Vasco, 2021-2027.

En Vitoria-Gasteiz, a 12 de diciembre de 2023.

El Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo,

FRANCISCO PEDRAZA MORENO.