Normativa
ImprimirRESOLUCIÓN 1114/2022, de 6 de mayo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, de modificación de las Resoluciones 854/2022, 855/2022, de 10 de marzo; Resoluciones 880/2022, 881/2022, 882/2022, 883/2022, 884/2022, 885/2022, 886/2022, 887/2022, 888/2022, 889/2022, 890/2022, 891/2022, 892/2022, 893/2022, 894/2022 y 895/2022, de 15 de marzo; y Resoluciones 901/2022, 902/2022, 903/2022, 904/2022, 905/2022, 906/2022, 907/2022, 908/2022, 909/2022, 910/2022, 911/2022, 912/2022, 913/2022, 914/2022 y 915/2022, de 17 de marzo, todas ellas de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Resolución
- Órgano emisor: Osakidetza-Servicio Vasco de Salud
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 98
- Nº orden: 2200
- Nº disposición: 1114
- Fecha de disposición: 06/05/2022
- Fecha de publicación: 23/05/2022
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa
- Submateria: Gobierno y Administración Pública; Función pública
Texto legal
Mediante Resoluciones 854/2022 y 855/2022, de 10 de marzo; Resoluciones 880/2022, 881/2022, 882/2022, 883/2022, 884/2022, 885/2022, 886/2022, 887/2022, 888/2022, 889/2022, 890/2022, 891/2022, 892/2022, 893/2022, 894/2022, 895/2022, de 15 de marzo y Resolución 910/2022, de 17 de marzo, todas ellas de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se aprobaron las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en las siguientes categorías y puestos funcionales:
Fac. Esp. Médico/a Alergología.
Fac. Esp. Médico/a Anatomía Patológica.
Fac. Esp. Médico/a Cirugía General y Aparato Digestivo.
Fac. Esp. Médico/a Cirugía Oral y Maxilofacial.
Fac. Esp. Médico/a Cirugía Pediátrica.
Fac. Esp. Médico/a Dermatología, Medicina Quirúrgica y Venereología.
Fac. Esp. Médico/a Endocrinología y Nutrición.
Fac. Esp. Médico/a Hematología y Hemoterapia.
Fac. Esp. Médico/a Medicina Física y Rehabilitación.
Fac. Esp. Médico/a Medicina Interna.
Fac. Esp. Médico/a Medicina Nuclear.
Fac. Esp. Médico/a Medicina Preventiva y Salud Pública.
Fac. Esp. Médico/a Nefrología.
Fac. Esp. Médico/a Neumología.
Fac. Esp. Médico/a Neurología.
Fac. Esp. Médico/a Obstetricia y Ginecología.
Fac. Esp. Médico/a Oftalmología.
Fac. Esp. Médico/a Oncología Médica.
Fac. Esp. Médico/a Otorrinolaringología.
Fac. Esp. Médico/a Psiquiatría.
Fac. Esp. Médico/a Psiquiatría Infantil.
Fac. Esp. Médico/a Radiodiagnóstico.
Fac. Esp. Médico/a Reumatología.
Fac. Esp. Médico/a Cuidados Paliativos.
Fac. Esp. Médico/a Emergencias.
Fac. Esp. Médico/a Enfermedades Infecciosas.
Fac. Esp. Médico/a Epidemiología Clínica.
Fac. Esp. Médico/a Hospitalización a Domicilio.
Fac. Esp. Médico/a Medicina del Trabajo.
Fac. Esp. Médico/a Pediatría Hospitalaria.
Fac. Esp. Médico/a UGS.
Fac. Esp. Médico/a-Técnico/a Análisis Clínicos.
Fac. Esp. Médico/a-Técnico/a Bioquímica Clínica.
Fac. Esp. Médico/a-Técnico/a Inmunología.
Fac. Esp. Médico/a-Técnico/a Radiofísica Hospitalaria.
Fac. Esp. Técnico/a Farmacia Hospitalaria.
Fac. Esp. Técnico/a Psicólogo/a Clínico/a.
Fac. Técnico/a Farmacéutico/a.
Fac. Técnico/a Odontólogo/a.
Técnico/a Medio/a Mantenimiento e Instalaciones.
En el Anexo IV de las referidas resoluciones, en el temario común, figura: «10. Objeto de la Ley de Igualdad de Mujeres y Hombres. Principios generales. Acoso Sexista.»
Asimismo, en la bibliografía del temario común, figura: «10. Ley 4/2205, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres (artículos 1, 3 y 43).»
Mediante Ley 1/2022, de 3 de marzo, de segunda modificación de la Ley de Igualdad para Mujeres y Hombres, se modifican, entre otros, el contenido del artículo 1 (Objeto de la Ley de Igualdad de Mujeres y Hombres), el contenido del artículo 3 (Principios generales) y la denominación y el contenido del artículo 43 (Acoso Sexista), pasando este último a denominarse «Seguridad y salud laboral».
Desde las fechas en que dictan las referidas resoluciones (10, 15 y 17 de marzo de 2022) y hasta que las mismas se publican en el Boletín Oficial del País Vasco (4 y 5 de abril) se ha producido una modificación normativa, dictándose la citada Ley 1/2022, de 3 de marzo, de segunda modificación de la Ley de Igualdad para Mujeres y Hombres, que entró en vigor el día siguiente a su publicación, esto es, el 18 de marzo de 2022.
En vista de lo anterior, y al objeto de ajustar el temario y la bibliografía de las referidas resoluciones a la legislación vigente, resulta necesario modificar el tema 10 del temario común y el apartado 10 de la bibliografía del temario común.
Mediante Resoluciones 901/2022, 902/2022, 903/2022, 904/2022, 905/2022, 906/2022, 907/2022, 908/2022 y 909/2022, de 17 de marzo, todas ellas de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se aprobaron las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en las siguientes categorías y puestos funcionales:
Técnico/a Superior Administración y Gestión.
Técnico/a Superior Económico/a.
Técnico/a Superior Informática.
Letrado/a y Técnico/a Superior Jurídico/a.
Técnico/a Superior Mantenimiento e Instalaciones.
Técnico/a Superior de Normalización de Euskera.
Técnico/a Superior Organización.
Técnico/a Prevención, Ergonomía y Psicosociología.
Técnico/a Superior Prevención, Seguridad e Higiene.
En el Anexo IV de las referidas resoluciones, en el temario común, figura: «8. Objeto de la Ley de Igualdad de Mujeres y Hombres. Principios generales. Acoso Sexista.»
Asimismo, en la bibliografía del temario común figura: «8. Ley 4/2205, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres (artículos 1, 3 y 43).»
Mediante Ley 1/2022, de 3 de marzo, de segunda modificación de la Ley de Igualdad para Mujeres y Hombres se modifican, entre otros, el contenido del artículo 1 (Objeto de la Ley de Igualdad de Mujeres y Hombres), el contenido del artículo 3 (Principios generales) y la denominación y el contenido del artículo 43 (Acoso Sexista), pasando este último a denominarse «Seguridad y salud laboral».
Desde la fecha en que dictan las referidas resoluciones (17 de marzo de 2022) y hasta que las mismas se publican en el Boletín Oficial del País Vasco (6 de abril), se ha producido una modificación normativa, dictándose la citada Ley 1/2022, de 3 de marzo, de segunda modificación de la Ley de Igualdad para Mujeres y Hombres, que entró en vigor el día siguiente a su publicación, esto es, el 18 de marzo de 2022.
En vista de lo anterior, y al objeto de ajustar el temario y la bibliografía de las referidas resoluciones a la legislación vigente, resulta necesario modificar el tema 8 del temario común y el apartado 8 de la bibliografía del temario común.
Mediante Resoluciones 911/2022, 912/2022, 913/2022, 914/2022, 915/2022, de 17 de marzo, todas ellas de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se aprobaron las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en las siguientes categorías y puestos funcionales:
Cocinero.
Técnico/a Informática.
Técnico/a Instalaciones Climatización.
Técnico/a Instalaciones Eléctricas.
Técnico/a Instalaciones Electromedicina.
En el Anexo IV de las referidas resoluciones, en el temario común, figura: «6. Objeto de la Ley de Igualdad de Mujeres y Hombres. Principios generales. Acoso Sexista.»
Asimismo, en la bibliografía del temario común figura: «6. Ley 4/2205, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres (artículos 1, 3 y 43).»
Mediante Ley 1/2022, de 3 de marzo, de segunda modificación de la Ley de Igualdad para Mujeres y Hombres se modifican, entre otros, el contenido del artículo 1 (Objeto de la Ley de Igualdad de Mujeres y Hombres), el contenido del artículo 3 (Principios generales) y la denominación y el contenido del artículo 43 (Acoso Sexista), pasando este último a denominarse «Seguridad y salud laboral».
Desde la fecha en que dictan las referidas resoluciones (17 de marzo de 2022) y hasta que las mismas se publican en el Boletín Oficial del País Vasco (6 de abril, respectivamente) se ha producido una modificación normativa, dictándose la citada Ley 1/2022, de 3 de marzo, de segunda modificación de la Ley de Igualdad para Mujeres y Hombres, que entró en vigor el día siguiente a su publicación, esto es, el 18 de marzo de 2022.
En vista de lo anterior, y al objeto de ajustar el temario y la bibliografía de las referidas resoluciones a la legislación vigente, resulta necesario modificar el tema 6 del temario común y el apartado 6 de la bibliografía del temario común.
En virtud de las facultades conferidas por la legislación vigente,
En el Anexo IV de las referidas resoluciones, temario común,
donde dice:
Objeto de la Ley de Igualdad de Mujeres y Hombres. Principios generales. Acoso Sexista
debe decir:
Objeto de la Ley de Igualdad de Mujeres y Hombres. Principios Generales. Seguridad y Salud Laboral.
En el Anexo IV de las referidas resoluciones, bibliografía del temario común,
donde dice:
Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres (artículos 1, 3 y 43)
debe decir:
Ley 1/2022, de 3 de marzo, de segunda modificación de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres (artículos 1, 3 y 43).
En el Anexo IV de las referidas resoluciones, temario común,
donde dice:
Objeto de la Ley de Igualdad de Mujeres y Hombres. Principios generales. Acoso Sexista
debe decir:
Objeto de la Ley de Igualdad de Mujeres y Hombres. Principios Generales. Seguridad y Salud Laboral.
En el Anexo IV de las referidas resoluciones, bibliografía del temario común,
donde dice:
Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres (artículos 1, 3 y 43)
debe decir:
Ley 1/2022, de 3 de marzo, de segunda modificación de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres (artículos 1, 3 y 43).
En el Anexo IV de las referidas resoluciones, temario común,
donde dice:
Objeto de la Ley de Igualdad de Mujeres y Hombres. Principios generales. Acoso Sexista
debe decir:
Objeto de la Ley de Igualdad de Mujeres y Hombres. Principios Generales. Seguridad y Salud Laboral.
En el Anexo IV de las referidas resoluciones, bibliografía del temario común,
donde dice:
Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres (artículos 1, 3 y 43)
debe decir:
Ley 1/2022, de 3 de marzo, de segunda modificación de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres (artículos 1, 3 y 43).
En Vitoria-Gasteiz, a 6 de mayo de 2022.
La Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,
MARÍA ROSA PÉREZ ESQUERDO.
Contenidos relacionados.
Historia normativa (33)
- Modifica: RESOLUCIÓN 915/2022, de 17 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Técnico/a Especialista Profesional (puesto funcional de Técnico/a Instalaciones Electromedicina) del grupo profesional de Técnicos/as Especialistas Profesionales con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 914/2022, de 17 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Técnico/a Especialista Profesional (puesto funcional de Técnico/a Instalaciones Eléctricas) del grupo profesional de Técnicos/as Especialistas Profesionales con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 913/2022, de 17 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Técnico/a Especialista Profesional (puesto funcional de Técnico/a Instalaciones Climatización) del grupo profesional de Técnicos/as Especialistas Profesionales con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 912/2022, de 17 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Técnico/a Especialista Profesional (puesto funcional de Técnico/a Informática) del grupo profesional de Técnicos/as Especialistas Profesionales con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 911/2022, de 17 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Cocinero/a del grupo profesional de Técnicos/as Especialistas Profesionales con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 910/2022, de 17 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Ingeniero/a Técnico/a (puesto funcional de Técnico/a Medio/a Mantenimiento e Instalaciones) del grupo profesional de Técnicos/as Medios/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 909/2022, de 17 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Titulado/a Superior (puesto funcional de Técnico/a Superior Prevención, Seguridad e Higiene) del grupo profesional de Técnicos/as Superiores con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 908/2022, de 17 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Titulado/a Superior (puesto funcional de Técnico/a Prevención, Ergonomía y Psicosociología) del grupo profesional de Técnicos/as Superiores con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 907/2022, de 17 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Titulado/a Superior (puesto funcional de Técnico/a Superior Organización) del grupo profesional de Técnicos/as Superiores con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 906/2022, de 17 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Titulado/a Superior (puesto funcional de Técnico/a Superior de Normalización de Euskera) del grupo profesional de Técnicos/as Superiores con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 905/2022, de 17 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Ingeniero/a Superior (puesto funcional de Técnico/a Superior Mantenimiento e Instalaciones) del grupo profesional de Técnicos/as Superiores con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 904/2022, de 17 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Titulado/a Superior Letrado/a (puestos funcionales de Letrado/a y Técnico/a Superior Jurídico/a) del grupo profesional de Técnicos/as Superiores con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 903/2022, de 17 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Informático/a Superior (puesto funcional de Técnico/a Superior Informática) del grupo profesional de Técnicos/as Superiores con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 902/2022, de 17 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Titulado/a Superior Economista (puesto funcional Técnico/a Superior Económico/a) del grupo profesional de Técnicos/as Superiores con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 901/2022, de 17 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Titulado/a Superior (puesto funcional de Técnico/a Superior Administración y Gestión) del grupo profesional de Técnicos/as Superiores con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 895/2022, de 15 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Odontólogo/a (puesto funcional Fac. Técnico/a Odontólogo/a) del grupo profesional de Facultativos/as Médicos/as y Técnicos/as, con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 894/2022, de 15 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Farmacéutico/a (puesto funcional de Facultativo/a Técnico/a Farmacéutico/a) del grupo profesional de Facultativos/as Médicos/as y Técnicos/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 893/2022, de 15 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Psicólogo/a (puesto funcional Fac. Esp. Técnico/a Psicólogo/a Clínico/a) del grupo profesional de Facultativos/as Médicos/as y Técnicos/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 892/2022, de 15 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Farmacéutico/a (puesto funcional Fac. Esp. Técnico/a Farmacia Hospitalaria) del grupo profesional de Facultativos/as Médicos/as y Técnicos/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 891/2022, de 15 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Radiofísica Hospitalaria (puesto funcional Fac. Esp. Médico/a-Técnico/a Radiofísica Hospitalaria) del grupo profesional de Facultativos/as Médicos/as y Técnicos/as, con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 890/2022, de 15 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Inmunólogo/a (puesto funcional Fac. Esp. Médico/a-Técnico/a Inmunología) del grupo profesional de Facultativos/as Médicos/as y Técnicos/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 889/2022, de 15 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Bioquímico/a Clínico/a (puesto funcional Fac. Esp. Médico/a-Técnico/a Bioquímica Clínica) del grupo profesional de Facultativos/as Médicos/as y Técnicos/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 888/2022, de 15 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Analista Clínico/a (puesto funcional Fac. Esp. Médico/a-Técnico/a Análisis Clínicos) del grupo profesional de Facultativos/as Médicos/as y Técnicos/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 887/2022, de 15 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Médico/a (puesto funcional de Fac. Esp. Médico/a UGS) del grupo profesional de Facultativos/as Médicos/as y Técnicos/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 886/2022, de 15 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Médico/a (puesto funcional de Fac. Esp. Médico/a Pediatría Hospitalaria) del grupo profesional de Facultativos/as Médicos/as y Técnicos/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 885/2022, de 15 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Médico/a (puesto funcional de Fac. Esp. Médico/a Medicina del Trabajo) del grupo profesional de Facultativos/as Médicos/as y Técnicos/as, con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 884/2022, de 15 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Médico/a (puesto funcional de Fac. Esp. Médico/a Hospitalización a Domicilio) del grupo profesional de Facultativos/as Médicos/as y Técnicos/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 883/2022, de 15 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Médico/a del grupo profesional de Facultativos/as Médicos/as y Técnicos/as con destino en las Unidades de Epidemiología Clínica de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 882/2022, de 15 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Médico/a (puesto funcional de Fac. Esp. Médico/a Enfermedades Infecciosas) del grupo profesional de Facultativos/as Médicos/as y Técnicos/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 881/2022, de 15 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Médico/a (puesto funcional de Fac. Esp. Médico/a Emergencias) del grupo profesional de Facultativos/as Médicos/as y Técnicos/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 880/2022, de 15 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Médico/a (puesto funcional de Fac. Esp. Médico/a Cuidados Paliativos) del grupo profesional de Facultativos/as Médicos/as y Técnicos/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 855/2022, de 10 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Médico/a (varios puestos funcionales) del grupo profesional de Facultativos/as Médicos/as y Técnicos/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- Modifica: RESOLUCIÓN 854/2022, de 10 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Médico/a (varios puestos funcionales) del grupo profesional de Facultativos/as Médicos/as y Técnicos/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.