Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico

Normativa

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RESOLUCIÓN de 10 de junio de 2022, del Director de Juego y Espectáculos, por la que se establecen las especificaciones técnicas que deben cumplir los sistemas de control de admisión de los locales de juego para la conexión con el registro de interdicciones de acceso al juego.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Seguridad
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 123
  • Nº orden: 2916
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 10/06/2022
  • Fecha de publicación: 27/06/2022

Ámbito temático

  • Materia: Seguridad y justicia
  • Submateria: Interior

Texto legal

El Decreto 19/2022, de 8 de febrero, por el que se modifica el Decreto 120/2016 por el que se aprueba el reglamento general del juego en la Comunidad Autónoma de Euskadi, establece la obligatoriedad de un sistema de control de admisión situado en la entrada de los locales de juego, que impida el acceso a aquellas personas que lo tengan prohibido conforme al artículo 17.

El apartado 2 de dicho artículo establece que, para ello, «el control de admisión deberá disponer de un sistema informático que permita la conexión con el registro de interdicciones de acceso al juego, según especificaciones establecidas por resolución de la persona titular de la Autoridad Reguladora del Juego».

A la vista de todo lo expuesto, y en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 20 del Decreto 19/2022, de 8 de febrero, por el que se modifica el Decreto 120/2016 por el que se aprueba el reglamento general del juego en la Comunidad Autónoma de Euskadi, y por las atribuciones que me son conferidas por el Decreto 6/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Seguridad.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer ante el Viceconsejero de Seguridad, el correspondiente recurso de alzada, en el plazo de UN MES a partir del día siguiente a su publicación, según lo establecido en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En Vitoria-Gasteiz, a 10 de junio de 2022.

El Director de Juego y Espectáculos,

AITOR MIKEL URIARTE UNZALU.

(Véase el .PDF)

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